Los océanos y el derecho del mar A/RES/72/73 Reconociendo la importante contribución de la conservación y el uso sostenible de los océanos, los mares y los recursos marinos al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que figuran en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Recordando su resolución 71/312, de 6 de julio de 2017, en la que hizo suya la declaración titulada “Nuestros océanos, nuestro futuro: llamamiento a la acción”, aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas para Apoyar la Consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14: Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible que se celebró a alto nivel del 5 al 9 de junio de 2017, coincidiendo con la celebración del Día Mundial de los Océanos el 8 de junio, y a este respecto afirmando el importante papel de la declaración al demostrar la voluntad colectiva de adoptar medidas para conservar y usar sosteniblemente nuestros océanos, mares y recursos marinos para el desarrollo sostenible, Reconociendo las importantes contribuciones de los diálogos entre los interesados y los compromisos voluntarios asumidos en el contexto de la Conferencia de Alto Nivel de las Naciones Unidas para Apoyar la Consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 a la consecución eficaz y oportuna del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14, Reconociendo también el nombramiento por el Secretario General del Enviado Especial para los Océanos, Reconociendo además los párrafos 64 y 65 de la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, aprobada en la Conferencia, que se celebró del 13 al 16 de julio de 2015 9, Acogiendo con beneplácito los resultados del segundo período de sesiones de la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en particular las resoluciones relativas a los océanos y los mares 10, la basura plástica y los microplásticos marinos 11, la gestión sostenible de los arrecifes de coral 12 y el papel, las funciones y las modalidades de la aplicación por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente de la Trayectoria de Samoa como medio para facilitar la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 13, Consciente de que los problemas del espacio oceánico están estrechamente relacionados entre sí y han de examinarse en conjunto, aplicando un enfoque integrado, interdisciplinario e intersectorial, y reafirmando la necesidad de mejorar la cooperación y la coordinación en los planos nacional, regi onal y mundial, de conformidad con la Convención, para apoyar y complementar la labor de cada uno de los Estados en la promoción de la aplicación y la observancia de la Convención y la ordenación integrada y el desarrollo sostenible de los océanos y los ma res, Reiterando la necesidad esencial de que exista cooperación, por medios como la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina, a fin de que todos los Estados, especialmente los países en desarrollo y en particular los países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral y los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como los Estados ribereños de África, puedan a la vez aplicar la Convención y beneficiarse del desarrollo sostenible de los océanos y los mares, así como participar plenamente en los foros y procesos mundiales y regionales sobre __________________ 9 10 11 12 13 17-21819 Resolución 69/313, anexo. Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 25 (A/71/25), anexo, resolución 2/10. Ibid., resolución 2/11. Ibid., resolución 2/12. Ibid., resolución 2/4. 3/61

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