A/RES/60/102
9.
Exhorta también a Israel a que cumpla lo dispuesto en los Artículos 100,
104 y 105 de la Carta de las Naciones Unidas y la Convención sobre Prerrogativas e
Inmunidades de las Naciones Unidas3 con objeto de garantizar la seguridad del
personal del Organismo, la protección de sus instituciones y la salvaguardia de la
seguridad de sus instalaciones en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén
oriental;
10. Insta al Gobierno de Israel a que indemnice rápidamente al Organismo
por los daños causados a sus bienes e instalaciones como consecuencia de actos de
la parte israelí;
11. Exhorta a Israel a que, en particular, deje de obstaculizar la libertad de
circulación del personal, los vehículos y los suministros del Organismo y deje de
imponerle derechos y gastos extraordinarios que tienen un efecto lesivo en las
operaciones del Organismo;
12. Pide a la Comisionada General que siga expidiendo documentos de
identidad a los refugiados palestinos y a sus descendientes en el territorio palestino
ocupado;
13. Afirma que el funcionamiento del Organismo sigue siendo indispensable
en todas las zonas de operaciones;
14. Observa que los programas de microfinanciación y microempresas del
Organismo han dado buenos resultados y exhorta a éste a que, en estrecha
cooperación con los organismos competentes, siga contribuyendo al fomento de la
estabilidad económica y social de los refugiados de Palestina en todas las zonas de
operaciones;
15. Reitera su petición a la Comisionada General de que siga modernizando
los archivos del Organismo por medio del proyecto de inscripción de los refugiados
de Palestina, y de que, en el informe que le presentará en su sexagésimo primer
período de sesiones, indique los adelantos alcanzados a ese respecto;
16. Reitera sus llamamientos anteriores a todos los Estados, los organismos
especializados y las organizaciones no gubernamentales para que mantengan y
aumenten las asignaciones especiales para subvenciones y becas destinadas a
educación superior para los refugiados de Palestina, además de sus contribuciones al
presupuesto ordinario del Organismo, y contribuyan al establecimiento de centros de
formación profesional para los refugiados de Palestina, y pide al Organismo que
actúe como receptor y depositario de esas asignaciones especiales para
subvenciones y becas;
17. Insta a todos los Estados, los organismos especializados y las
organizaciones no gubernamentales a que mantengan y aumenten sus contribuciones
al Organismo, de manera que se alivien las actuales dificultades financieras,
agravadas por la actual situación humanitaria sobre el terreno, y a que apoyen la
valiosa labor que realiza el Organismo para prestar asistencia a los refugiados de
Palestina.
62ª sesión plenaria
8 de diciembre de 2005
4
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