Naciones Unidas Asamblea General A/RES/57/295 Distr. general 4 de marzo de 2003 Quincuagésimo séptimo período de sesiones Tema 32 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/57/L.71 y Add.1)] 57/295. Tecnologías de la información y las comunicaciones en el desarrollo La Asamblea General, Recordando la Declaración del Milenio, aprobada por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Cumbre del Milenio el 8 de septiembre de 2000 1, por la cual los Estados Miembros resolvieron velar por que todos pudieran aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías, en particular de las tecnologías de la información y las comunicaciones, conforme a las recomendaciones formuladas en la declaración ministerial de la serie de sesiones de alto nivel del período de sesiones sustantivo de 2000 del Consejo Económico y Social aprobada el 7 de julio de 2000 2, Recordando también que en la declaración ministerial se exhortaba a la adopción de una estrategia coherente de todo el sistema sobre tecnologías de la información y las comunicaciones, que asegurara la coordinación y sinergia entre los programas y actividades de las diversas organizaciones del sistema y lo transformara en un sistema de organizaciones basado en el conocimiento, Teniendo presente su resolución 57/238, de 20 de diciembre de 2002, sobre la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, por la cual instó a todos los organismos de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales, incluidas las instituciones internacionales y regionales, a aumentar su cooperación en el proceso preparatorio de la Cumbre y su apoyo a éste, Señalando que las tecnologías de la información y las comunicaciones para el desarrollo han sido reconocidas como un elemento importante de las conclusiones de las conferencias y cumbres recientes de las Naciones Unidas, 1. Afirma la necesidad de usar las tecnologías de la información y las comunicaciones como instrumento estratégico para aumentar la eficiencia, la eficacia y el efecto de los programas de desarrollo y las actividades de cooperación técnica del sistema de las Naciones Unidas; _______________ 1 Véase resolución 55/2. Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento No. 3 (A/55/3/Rev.1), cap. III, párr. 17. 2 02 56102

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