A/RES/57/307
justicia en las Naciones Unidas sean la necesidad de asegurar el más alto grado de
eficiencia, competencia e integridad, así como los principios de la equidad y del respeto de
las garantías legales;
2.
Observa con preocupación que los informes conexos no se le presentaron en su
quincuagésimo sexto período de sesiones, como había solicitado en su resolución 55/258, y
que además se presentaron con retraso para su examen en el período de sesiones en curso;
3.
Lamenta que el sistema actual de administración de justicia en la Secretaría
siga siendo lento, engorroso y costoso;
4.
Lamenta también las graves demoras registradas en el proceso de apelación y
pide al Secretario General que vele por que el departamento o el director del programa
cuya decisión haya sido cuestionada por el apelante cooperen y rindan cuentas cabalmente
en todas las etapas del proceso del sistema interno de justicia;
5.
Pide al Secretario General que tome medidas para garantizar la independencia
del Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas y la separación de su secretaría de la
Oficina de Asuntos Jurídicos, y que estudie la posibilidad de su independencia financiera, y
le informe al respecto en su quincuagésimo octavo período de sesiones;
6.
Toma nota del informe del Secretario General sobre la administración de
justicia en la Secretaría1, el informe de la Dependencia Común de Inspección titulado
“Reforma de la administración de justicia en el sistema de las Naciones Unidas: opciones
para la creación de una instancia superior de apelación”2 y las observaciones al respecto
del Secretario General y de la Junta de Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones
Unidas para la Coordinación3, y el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos
Administrativos y de Presupuesto4;
7.
Hace suya la recomendación de la Comisión Consultiva que figura en el
párrafo 8 de su informe;
8.
Acoge con beneplácito la iniciativa del Secretario General de pedir a la Oficina
de Servicios de Supervisión Interna que realice un examen de la gestión del proceso de
apelación y, en relación con ello, hace suyas las observaciones y recomendaciones que
figuran en los párrafos 6 y 7 del informe de la Comisión Consultiva;
9.
Pide al Secretario General que, teniendo debidamente en cuenta también las
conclusiones de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna, presente un informe con
opciones para fortalecer la administración de justicia garantizando una justicia transparente
y equitativa al personal de la Organización, para que la Asamblea General lo examine en su
quincuagésimo octavo período de sesiones;
10. Pide también al Secretario General que encomiende a la Oficina de Servicios
de Supervisión Interna la inclusión en su informe de medidas para reducir el tiempo
necesario para resolver los asuntos, entre otras cosas mediante la imposición de plazos en
todas las etapas del proceso;
11. Pide además al Secretario General que vele por que la Oficina de Servicios de
Supervisión Interna incluya en su informe no sólo los procedimientos y las funciones
relacionados con la Junta Mixta de Apelación, sino también los relacionados con la Lista
de Asesores Letrados, la Dependencia de Derecho Administrativo y las secretarías de la
Junta Mixta de Apelación y el Comité Mixto de Disciplina, así como sus efectos en la
administración de justicia y su contribución a ella;
12. Acoge con beneplácito el establecimiento del puesto de Ombudsman para
fortalecer los mecanismos oficiosos de solución de conflictos;
2
Sélectionner le paragraphe cible3
Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières