A/HRC/RES/41/14 1. Expresa profunda preocupación por que persista la desigualdad de remuneración en todo el mundo a pesar de que el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor fue establecido hace más de 70 años, y reconoce que la desigualdad salarial constituye un obstáculo para el logro de la igualdad de género y el empoderamiento económico de las mujeres y las niñas y para el pleno ejercicio de sus derechos humanos; 2. Insta a los Estados a que, en cooperación con la sociedad civil, el sector privado, las organizaciones de empleadores, los sindicatos y el sistema de las Naciones Unidas, según proceda: a) Promulguen o fortalezcan y apliquen leyes y reglamentos u otras medidas equivalentes que respeten el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor en los sectores público y privado como medida decisiva para eliminar la desigualdad salarial por razón de género; y proporcionen a este respecto mecanismos eficaces de reparación y acceso a la justicia en caso de incumplimiento, en particular mecanismos de solución de controversias justos y accesibles; b) Promuevan la aplicación de políticas de igualdad de remuneración, mediante, por ejemplo, el diálogo social, la negociación colectiva, evaluaciones objetivas y evaluaciones de los puestos de trabajo neutras en cuanto al género, campañas de concienciación, el análisis y la transparencia de la remuneración y auditorías de género en la remuneración, así como la certificación y el examen de las prácticas de remuneración y las condiciones de trabajo y el aumento de la disponibilidad de datos desglosados por sexo y análisis sobre la desigualdad salarial por razón de género; c) Reconozcan la parte desproporcionada que asumen las mujeres y las niñas en los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados y adopten medidas que la reduzcan y redistribuyan promoviendo y elaborando o fortaleciendo las leyes, los marcos regulatorios, las políticas u otras medidas equivalentes que promuevan la conciliación y el reparto de las responsabilidades laborales y privadas y familiares entre las mujeres y los hombres; d) Elaboren, apliquen y promuevan leyes, políticas y servicios que respondan a las necesidades de la familia, como planes de licencia parental compartida y otras formas de licencia, una mayor flexibilidad de las modalidades de trabajo saludables y seguras para las mujeres y los hombres sin reducción de la protección laboral y social, apoyo a las madres lactantes, desarrollo de la infraestructura y la tecnología y prestación de servicios, entre ellos servicios asistenciales universales, asequibles, accesibles y de calidad para niños y otros familiares a cargo, lo cual crea un entorno propicio para la participación de las mujeres en el mercado laboral y su independencia económica; e) Se esfuercen por establecer o reforzar sistemas de protección social inclusivos que tengan en cuenta el género y fijen unos niveles mínimos, a fin de garantizar el pleno acceso de todas las personas, sin discriminación de ningún tipo, a la protección social, y adopten medidas para aumentar progresivamente el grado de protección, entre otros medios facilitando la transición del trabajo informal al formal; f) Adopten todas las medidas apropiadas para hacer frente a la disparidad y la reducción salariales que sufren muchas mujeres cuando tienen hijos, por ejemplo promoviendo la licencia parental y de paternidad y la utilización de esta por los hombres, entre otras formas mediante la licencia remunerada y no transferible asignada específicamente al padre, y garantizando que dicha licencia esté vinculada a la disponibilidad de servicios e instalaciones de guarda de niños asequibles, accesibles, inclusivos y de calidad, en particular servicios para la primera infancia y servicios extraescolares para niños y adolescentes, y garanticen una transición fluida de los padres en su reincorporación al mercado laboral; g) Eliminen la segregación ocupacional basada en los obstáculos estructurales, los estereotipos de género y las normas sociales negativas promoviendo la igualdad de acceso de la mujer a los mercados de trabajo, la educación y la capacitación, así como su participación en ellos, apoyando a las mujeres y las niñas con el fin de diversificar sus opciones educativas y ocupacionales en nuevos ámbitos y sectores económicos en crecimiento, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas y la tecnología GE.19-12379 3

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