A/HRC/RES/41/14
1.
Expresa profunda preocupación por que persista la desigualdad de
remuneración en todo el mundo a pesar de que el principio de igualdad de remuneración
por trabajo de igual valor fue establecido hace más de 70 años, y reconoce que la
desigualdad salarial constituye un obstáculo para el logro de la igualdad de género y el
empoderamiento económico de las mujeres y las niñas y para el pleno ejercicio de sus
derechos humanos;
2.
Insta a los Estados a que, en cooperación con la sociedad civil, el sector
privado, las organizaciones de empleadores, los sindicatos y el sistema de las Naciones
Unidas, según proceda:
a)
Promulguen o fortalezcan y apliquen leyes y reglamentos u otras medidas
equivalentes que respeten el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor en
los sectores público y privado como medida decisiva para eliminar la desigualdad salarial
por razón de género; y proporcionen a este respecto mecanismos eficaces de reparación y
acceso a la justicia en caso de incumplimiento, en particular mecanismos de solución de
controversias justos y accesibles;
b)
Promuevan la aplicación de políticas de igualdad de remuneración, mediante,
por ejemplo, el diálogo social, la negociación colectiva, evaluaciones objetivas y
evaluaciones de los puestos de trabajo neutras en cuanto al género, campañas de
concienciación, el análisis y la transparencia de la remuneración y auditorías de género en
la remuneración, así como la certificación y el examen de las prácticas de remuneración y
las condiciones de trabajo y el aumento de la disponibilidad de datos desglosados por sexo
y análisis sobre la desigualdad salarial por razón de género;
c)
Reconozcan la parte desproporcionada que asumen las mujeres y las niñas en
los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados y adopten medidas que la reduzcan y
redistribuyan promoviendo y elaborando o fortaleciendo las leyes, los marcos regulatorios,
las políticas u otras medidas equivalentes que promuevan la conciliación y el reparto de las
responsabilidades laborales y privadas y familiares entre las mujeres y los hombres;
d)
Elaboren, apliquen y promuevan leyes, políticas y servicios que respondan a
las necesidades de la familia, como planes de licencia parental compartida y otras formas de
licencia, una mayor flexibilidad de las modalidades de trabajo saludables y seguras para las
mujeres y los hombres sin reducción de la protección laboral y social, apoyo a las madres
lactantes, desarrollo de la infraestructura y la tecnología y prestación de servicios, entre
ellos servicios asistenciales universales, asequibles, accesibles y de calidad para niños y
otros familiares a cargo, lo cual crea un entorno propicio para la participación de las
mujeres en el mercado laboral y su independencia económica;
e)
Se esfuercen por establecer o reforzar sistemas de protección social
inclusivos que tengan en cuenta el género y fijen unos niveles mínimos, a fin de garantizar
el pleno acceso de todas las personas, sin discriminación de ningún tipo, a la protección
social, y adopten medidas para aumentar progresivamente el grado de protección, entre
otros medios facilitando la transición del trabajo informal al formal;
f)
Adopten todas las medidas apropiadas para hacer frente a la disparidad y la
reducción salariales que sufren muchas mujeres cuando tienen hijos, por ejemplo
promoviendo la licencia parental y de paternidad y la utilización de esta por los hombres,
entre otras formas mediante la licencia remunerada y no transferible asignada
específicamente al padre, y garantizando que dicha licencia esté vinculada a la
disponibilidad de servicios e instalaciones de guarda de niños asequibles, accesibles,
inclusivos y de calidad, en particular servicios para la primera infancia y servicios
extraescolares para niños y adolescentes, y garanticen una transición fluida de los padres en
su reincorporación al mercado laboral;
g)
Eliminen la segregación ocupacional basada en los obstáculos estructurales,
los estereotipos de género y las normas sociales negativas promoviendo la igualdad de
acceso de la mujer a los mercados de trabajo, la educación y la capacitación, así como su
participación en ellos, apoyando a las mujeres y las niñas con el fin de diversificar sus
opciones educativas y ocupacionales en nuevos ámbitos y sectores económicos en
crecimiento, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas y la tecnología
GE.19-12379
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