A/RES/50/170 Página 2 Tomando nota de las recomendaciones propuestas por el grupo de expertos sobre la incorporación de las perspectivas de género en las actividades y programas de derechos humanos de las Naciones Unidas, que se reunió en Ginebra del 3 al 7 de julio de 1995 3/, Reafirmando que la aplicación plena y efectiva de los instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos reviste capital importancia para la labor realizada por la Organización, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos 4/, a fin de promover el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales, Considerando que el funcionamiento eficaz de los órganos establecidos de conformidad con los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas es indispensable para la aplicación plena y efectiva de esos instrumentos, Consciente de la importancia de la coordinación de las actividades de promoción y protección de los derechos humanos que realizan los órganos de las Naciones Unidas que actúan en la esfera de los derechos humanos, Tomando nota con reconocimiento de las iniciativas adoptadas por varios órganos creados en virtud de tratados de elaborar medidas de alerta anticipada y procedimientos urgentes, en el marco de sus mandatos, para impedir que se produzcan o se repitan violaciones graves de los derechos humanos, Recordando los informes de las cinco reuniones de presidentes de los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos celebradas desde 1988 hasta 1994, Expresando su preocupación porque muchos Estados partes no cumplen las obligaciones financieras que les corresponden en virtud de los instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, Expresando también su preocupación porque la insuficiencia de recursos que padece el Centro de Derechos Humanos de la Secretaría constituye un obstáculo para que los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos cumplan eficazmente sus mandatos, Reafirmando su responsabilidad de velar por el buen funcionamiento de los órganos creados en virtud de instrumentos aprobados por la Asamblea General, y a ese respecto reafirmando además la importancia de: a) Velar por que la presentación de informes periódicos por los Estados partes en esos instrumentos funcione con eficacia; b) Obtener recursos financieros, humanos y de información suficientes para superar las dificultades que actualmente obstaculizan el funcionamiento eficaz de los órganos creados en virtud de tratados; c) Promover el aumento de la eficacia y la eficiencia mediante una mejor coordinación de las actividades de los órganos de las Naciones Unidas 3/ Véase A/50/505, anexo, párr. 34. 4/ Resolución 217 A (III). /...

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