A/RES/59/186 Recordando la resolución 2004/23 de la Comisión de Derechos Humanos, de 16 de abril de 2004 3, así como la resolución 2004/7 de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de 9 de agosto de 2004 4, Acogiendo con beneplácito la Cumbre de líderes mundiales sobre la acción contra el hambre y la pobreza, convocada en Nueva York el 20 de septiembre de 2004 por los Presidentes del Brasil, Chile y Francia y el Presidente del Gobierno de España, con el apoyo del Secretario General, Reconociendo que la erradicación de la extrema pobreza constituye un desafío importante en el proceso de globalización y requiere la puesta en práctica de políticas coordinadas y continuadas mediante la cooperación internacional y una acción nacional resuelta, Reafirmando que la extrema pobreza generalizada atenta contra el disfrute pleno y efectivo de los derechos humanos y podría, en ciertas situaciones, constituir una amenaza para el derecho a la vida, por lo que su mitigación inmediata y su erradicación definitiva deben seguir teniendo gran prioridad para la comunidad internacional, Reafirmando también que la democracia, el desarrollo y el disfrute pleno y efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales son interdependientes, se refuerzan mutuamente y contribuyen a la erradicación de la extrema pobreza, Observando con interés que se ha prorrogado por un período de dos años el mandato del experto independiente sobre la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza, 1. Reafirma que la extrema pobreza y la exclusión social constituyen una vulneración de la dignidad humana y que, en consecuencia, hay que adoptar, en los planos nacional e internacional, medidas urgentes para eliminarlas; 2. Reafirma también que es esencial que los Estados propicien la participación de las personas más pobres en el proceso de adopción de decisiones dentro de las sociedades en que viven, en la promoción de los derechos humanos y en la lucha contra la extrema pobreza, y que es esencial que se den a las personas que viven en la pobreza y a los grupos vulnerables los medios para organizarse y participar en todos los aspectos de la vida política, económica y social, en particular la planificación y puesta en práctica de las políticas que los afecten, permitiéndoles así convertirse en auténticos asociados en el desarrollo; 3. Destaca que la extrema pobreza es un gran problema al que deben hacer frente los gobiernos, la sociedad civil y el sistema de las Naciones Unidas, incluidas las instituciones financieras internacionales, y reafirma, en este contexto, que el compromiso político es un requisito previo para la erradicación de la pobreza; 4. Reafirma que la absoluta pobreza generalizada atenta contra el disfrute pleno y efectivo de los derechos humanos y debilita la democracia y la participación popular; 5. Reconoce la necesidad de promover el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para atender a las necesidades sociales más acuciantes de _______________ 3 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2004, Suplemento No. 3 (E/2004/23), cap. II, secc. A. 4 Véase E/CN.4/2005/2-E/CN.4/Sub.2/2004/48, cap. II, secc. A. 2

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières