A/RES/56/129
Observando también que el proceso de mundialización ha aportado algunos
beneficios proporcionando oportunidades para el empleo remunerado de las mujeres
rurales en nuevos sectores,
Consciente de que los datos y los instrumentos de medición y análisis
disponibles son insuficientes para comprender plenamente las consecuencias para
uno y otro género de los procesos de mundialización y de cambio rural y sus
repercusiones para la mujer rural,
Reconociendo la urgente necesidad de adoptar medidas apropiadas a fin de
seguir mejorando la situación de la mujer en las zonas rurales,
1.
Toma nota del informe del Secretario General 7;
2.
Acoge con satisfacción la celebración de la reunión del grupo de expertos
sobre la situación de la mujer en las zonas rurales en el contexto de la
mundialización, que tuvo lugar en Ulaanbaatar del 4 al 8 de junio de 2001;
3.
Pide al Secretario General que prepare una publicación accesible basada,
entre otras cosas, en estudios de casos presentados en la reunión del grupo de
expertos mencionada en el párrafo 2 supra a fin de crear conciencia de la situación
de la mujer rural en el contexto de la mundialización;
4.
Pide también al Secretario General que recabe las opiniones de los
Estados Miembros sobre la conveniencia de convocar una consulta política
gubernamental de alto nivel con miras a establecer prioridades y elaborar estrategias
críticas para atender los complejos problemas de la mujer rural;
5.
Celebra la convocatoria de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible en septiembre de 2002 en Sudáfrica, incluido el examen del capítulo 24
del Programa 21 8 titulado “Medidas mundiales en favor de la mujer para lograr un
desarrollo sostenible y equitativo”, que entraña, entre otras cosas, medidas para
mejorar la situación de la mujer en las zonas rurales y la Cumbre Mundial sobre la
Alimentación: cinco años después, que ha de celebrarse en junio de 2002 en Italia, e
insta a los gobiernos a integrar una perspectiva de género, prestando atención a la
mejora de la situación de las mujeres en las zonas rurales, en los procesos y
documentos finales de esas reuniones;
6.
Invita a los Estados Miembros a que, en colaboración con las
organizaciones de las Naciones Unidas y la sociedad civil, según corresponda,
continúen adoptando medidas para aplicar los resultados de las cumbres y
conferencias de las Naciones Unidas y garantizar su seguimiento integrado y
coordinado, incluidos los exámenes al cabo de cinco años, y atribuyan mayor
importancia a la situación de la mujer rural en sus estrategias de desarrollo
nacionales, regionales y mundiales, en particular:
a)
Creando un entorno propicio para mejorar la situación de la mujer rural,
incluida la integración de una perspectiva de género en las políticas
macroeconómicas, y desarrollando sistemas de apoyo social apropiados;
b)
Preparando legislación y revisando las leyes existentes para asegurar que,
donde exista la propiedad privada de la tierra y otros bienes, la mujer rural disfrute
_______________
7
A/56/268.
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de
Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y
correcciones), vol. I: Resoluciones aprobadas por la Conferencia, resolución 1, anexo II.
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