A/RES/56/129 Observando también que el proceso de mundialización ha aportado algunos beneficios proporcionando oportunidades para el empleo remunerado de las mujeres rurales en nuevos sectores, Consciente de que los datos y los instrumentos de medición y análisis disponibles son insuficientes para comprender plenamente las consecuencias para uno y otro género de los procesos de mundialización y de cambio rural y sus repercusiones para la mujer rural, Reconociendo la urgente necesidad de adoptar medidas apropiadas a fin de seguir mejorando la situación de la mujer en las zonas rurales, 1. Toma nota del informe del Secretario General 7; 2. Acoge con satisfacción la celebración de la reunión del grupo de expertos sobre la situación de la mujer en las zonas rurales en el contexto de la mundialización, que tuvo lugar en Ulaanbaatar del 4 al 8 de junio de 2001; 3. Pide al Secretario General que prepare una publicación accesible basada, entre otras cosas, en estudios de casos presentados en la reunión del grupo de expertos mencionada en el párrafo 2 supra a fin de crear conciencia de la situación de la mujer rural en el contexto de la mundialización; 4. Pide también al Secretario General que recabe las opiniones de los Estados Miembros sobre la conveniencia de convocar una consulta política gubernamental de alto nivel con miras a establecer prioridades y elaborar estrategias críticas para atender los complejos problemas de la mujer rural; 5. Celebra la convocatoria de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en septiembre de 2002 en Sudáfrica, incluido el examen del capítulo 24 del Programa 21 8 titulado “Medidas mundiales en favor de la mujer para lograr un desarrollo sostenible y equitativo”, que entraña, entre otras cosas, medidas para mejorar la situación de la mujer en las zonas rurales y la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco años después, que ha de celebrarse en junio de 2002 en Italia, e insta a los gobiernos a integrar una perspectiva de género, prestando atención a la mejora de la situación de las mujeres en las zonas rurales, en los procesos y documentos finales de esas reuniones; 6. Invita a los Estados Miembros a que, en colaboración con las organizaciones de las Naciones Unidas y la sociedad civil, según corresponda, continúen adoptando medidas para aplicar los resultados de las cumbres y conferencias de las Naciones Unidas y garantizar su seguimiento integrado y coordinado, incluidos los exámenes al cabo de cinco años, y atribuyan mayor importancia a la situación de la mujer rural en sus estrategias de desarrollo nacionales, regionales y mundiales, en particular: a) Creando un entorno propicio para mejorar la situación de la mujer rural, incluida la integración de una perspectiva de género en las políticas macroeconómicas, y desarrollando sistemas de apoyo social apropiados; b) Preparando legislación y revisando las leyes existentes para asegurar que, donde exista la propiedad privada de la tierra y otros bienes, la mujer rural disfrute _______________ 7 A/56/268. Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y correcciones), vol. I: Resoluciones aprobadas por la Conferencia, resolución 1, anexo II. 8 2

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