Cooperación internacional para abordar y contrarrestar
el problema mundial de las drogas
A/RES/74/178
nivel nacional e internacional y seguir incrementando la cooperación internacional
para hacer frente a esos retos,
Reconociendo también que, como parte de un enfoque amplio, integrado y
equilibrado para abordar y contrarrestar el problema mundial de las drogas, debería
prestarse la atención adecuada a las personas, las familias, las comunidades y la
sociedad en su conjunto, con miras a promover y proteger la salud, seguridad y
bienestar de toda la humanidad,
Reconociendo además la necesidad de intensificar los esfuerzos para fortalecer
la prevención del uso indebido de drogas entre los niños y los jóven es, también en los
entornos educativos, lo cual implica, entre otras cosas, promover el intercambio de
experiencias y buenas prácticas, así como de asistencia técnica, y recordando la
resolución 61/2 de la Comisión de Estupefacientes, de 16 de marzo de 201 8, sobre el
fortalecimiento de la labor de prevención del uso indebido de drogas en los entornos
educativos 12,
Expresando profunda preocupación por el alto precio que pagan la sociedad y
las personas y sus familias a consecuencia del problema mundial de la s drogas, y
rindiendo especial homenaje a quienes han sacrificado sus vidas, como el personal
judicial y de las fuerzas del orden, así como al personal de los servicios de salud y la
sociedad civil y los voluntarios cuya labor está dedicada a contrarrestar y abordar este
fenómeno,
Observando con preocupación que la disponibilidad de drogas sometidas a
fiscalización internacional para fines médicos y científicos, como el alivio del dolor
y el sufrimiento, sigue siendo escasa o nula en muchos países, y resal tando la
necesidad de intensificar los esfuerzos nacionales y la cooperación internacional a
todos los niveles para abordar esa situación, promoviendo medidas que garanticen la
disponibilidad, asequibilidad y accesibilidad de esas sustancias para fines méd icos y
científicos, en el marco de los ordenamientos jurídicos nacionales, evitando al mismo
tiempo su desviación, uso indebido y tráfico, a fin de cumplir las metas y los objetivos
de los tres tratados de fiscalización internacional de drogas,
Reafirmando igualmente que reducir el uso indebido de las drogas exige
esfuerzos para reducir la demanda, que han de demostrarse mediante iniciativas de
reducción de la demanda sostenidas y de amplio alcance, que tengan en cuenta la edad
y el género e integren un enfoque amplio en materia de salud pública que abarque la
prevención, la educación, la detección e intervención tempranas, el tratamiento, la
atención y los servicios de apoyo conexos, el apoyo a la recuperación y la
rehabilitación y la reinserción social de los consumidores de drogas, en pleno
cumplimiento de los tres tratados de fiscalización internacional de drogas,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos constantes que se llevan a cabo para
aumentar la coherencia dentro del sistema de las Naciones Unida s a todos los niveles,
Reafirmando la necesidad de fortalecer la cooperación entre la Oficina de las
Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y otras entidades de las Naciones Unidas,
en el marco de sus respectivos mandatos, en su labor encaminada a ayudar a los
Estados Miembros a aplicar los tratados de fiscalización internacional de drogas de
conformidad con las obligaciones que les incumben en materia de derechos humanos
y promover la protección y el respeto de los derechos humanos y la dignidad de t odas
las personas en el contexto de los programas, estrategias y políticas relacionados con
las drogas,
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Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2018, suplemento núm. 8
(E/2018/28), cap. I, secc. B.
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