A/RES/51/234
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Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de
la Misión de Observación se requiere un procedimiento diferente del que se
aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones
Unidas,
Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están
en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países
económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada
de contribuir a una operación de esa índole,
Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son
miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales
operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea
General, de 27 de junio de 1963,
Expresando su reconocimiento por las importantes contribuciones
voluntarias que ha hecho el Gobierno de Kuwait a la Misión, así como por las
contribuciones de otros gobiernos,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de
Observación los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las
funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del
Consejo de Seguridad,
1.
Toma nota de la situación de las contribuciones para la Misión de
Observación de las Naciones Unidas para el Iraq y Kuwait al 15 de mayo de
1997, en particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 9.455.734
dólares de los Estados Unidos, que representan el 4% de las cuotas asignadas
desde el establecimiento de la Misión hasta el 30 de abril de 1997, observa
que aproximadamente el 32% de los Estados Miembros han pagado íntegramente sus
cuotas, e insta a los demás Estados Miembros de que se trate, especialmente a
los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago;
2.
Expresa su reconocimiento constante al Gobierno de Kuwait por su
decisión de sufragar las dos terceras partes de los gastos de la Misión de
Observación a partir del 1º de noviembre de 1993;
3.
Expresa su preocupación por la situación financiera de las
actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto al
reembolso a los países que aportan contingentes, que sufren las consecuencias
del atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas;
4.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado
íntegramente su cuotas;
5.
Insta a los demás Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su
alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de
Observación;
6.
Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el
informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2
y en el informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna3;
7.
Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias
para que la Misión de Observación se administre con el máximo de eficiencia y
economía;
8.
Decide consignar en la Cuenta Especial de la Misión de Observación
de las Naciones Unidas para el Iraq y Kuwait la suma de 51.487.500 dólares en
cifras brutas (49.599.300 dólares en cifras netas) para el mantenimiento de la
Misión de Observación en el período comprendido entre el 1º de julio de 1997 y
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