A/RES/64/71 incluya la Beca en la lista de fondos fiduciarios de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Promesas de Contribuciones para las Actividades de Desarrollo; 26. Reconoce la contribución que ha hecho el Programa de Becas de las Naciones Unidas y la Fundación Nippon del Japón a la potenciación de los recursos humanos de los Estados ribereños en desarrollo que son partes y que no son partes en la Convención en el ámbito de los asuntos oceánicos y el derecho del mar o en disciplinas afines, al conceder 50 becas a personas de 44 Estados Miembros desde 2005 y poner en marcha un programa de ex becarios en abril de 2009, con una reunión inaugural de ex becarios de Asia y el Pacífico que se celebró en la sede de la Fundación en Tokio; III Reunión de los Estados Partes 27. Acoge con beneplácito el informe de la 19ª Reunión de los Estados Partes en la Convención4; 28. Solicita al Secretario General que convoque la 20ª Reunión de los Estados Partes en la Convención en Nueva York, del 14 al 18 de junio de 2010, y que proporcione los servicios necesarios; IV Solución pacífica de controversias 29. Observa con satisfacción la constante y significativa contribución del Tribunal a la solución pacífica de controversias de conformidad con la Parte XV de la Convención, y subraya la importante función y autoridad del Tribunal respecto de la interpretación o la aplicación de la Convención y el Acuerdo relativo a la Parte XI; 30. Rinde homenaje asimismo a la Corte Internacional de Justicia por la importante función que cumple desde hace tiempo en la solución pacífica de controversias relacionadas con el derecho del mar; 31. Hace notar que los Estados partes en un acuerdo internacional relacionado con los fines de la Convención pueden someter, entre otros, al Tribunal o a la Corte Internacional de Justicia toda controversia relativa a la interpretación o la aplicación de dicho acuerdo que se les presente de conformidad con ese acuerdo, y hace notar también la posibilidad, prevista en los estatutos del Tribunal y de la Corte, de someter las controversias a una sala; 32. Alienta a los Estados partes en la Convención que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de formular una declaración escrita en que elijan uno o varios de los medios señalados en el artículo 287 de la Convención para la solución de las controversias relativas a la interpretación o la aplicación de la Convención y el Acuerdo relativo a la Parte XI, teniendo presente el carácter amplio del mecanismo de solución de controversias previsto en la Parte XV de la Convención; V La Zona 33. Observa los avances realizados por la Autoridad en sus deliberaciones, insta a que el reglamento sobre prospección y exploración de sulfuros polimetálicos se ultime en su 16° período de sesiones, alienta a que se avance en la elaboración del reglamento sobre prospección y exploración de costras de ferromanganeso con alto 10

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