A/RES/56/166 directrices operacionales sobre la separación de los elementos armados de las poblaciones de refugiados, Subrayando la importancia de la adhesión a los preceptos del derecho internacional humanitario, el derecho relativo a los derechos humanos y el derecho relativo a los refugiados para evitar los éxodos en masa y proteger a los refugiados y a los desplazados internos, y expresando su profunda preocupación por la falta de respeto de esos derechos y principios, sobre todo durante los conflictos armados, incluida la denegación de un acceso seguro y sin trabas a las personas desplazadas, Reafirmando que es responsabilidad primordial de los Estados velar por la protección de los refugiados y los desplazados internos, Observando con satisfacción las medidas adoptadas por el sistema de las Naciones Unidas a fin de establecer criterios generales para hacer frente a las causas y los efectos de los movimientos de refugiados y otras personas desplazadas, así como para consolidar los mecanismos de prevención de situaciones de emergencia y los mecanismos de respuesta, Reconociendo que los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular los mecanismos de la Comisión de Derechos Humanos y de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, tienen una gran capacidad para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos que provocan movimientos de refugiados y desplazamientos de personas o impiden dar una solución duradera a la difícil situación de todos ellos, Reconociendo también la complementariedad de los sistemas de protección de los derechos humanos y de acción humanitaria, en particular de los mandatos de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, así como de la labor del Representante del Secretario General sobre la cuestión de los desplazados internos y la del Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados, y el hecho de que la cooperación entre ellos, de conformidad con sus mandatos, y la coordinación de los componentes de derechos humanos, asuntos políticos y cuestiones de seguridad de las operaciones de las Naciones Unidas, aportan una contribución considerable a la promoción y protección de los derechos humanos de las personas obligadas a formar parte de éxodos y desplazamientos en masa, Reconociendo con aprecio la coordinación dentro del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, así como su labor independiente de protección y asistencia a los refugiados y los desplazados internos, en cooperación con los órganos competentes de las Naciones Unidas, 1. Toma nota del informe del Secretario General 4; 2. Deplora profundamente la intolerancia étnica y otras formas de intolerancia por ser una de las causas principales de los movimientos migratorios forzosos, e insta a los Estados a que adopten todas las medidas necesarias para velar por el respeto de los derechos humanos, en especial los de las personas que pertenecen a minorías; 3. Reafirma la necesidad de que todos los gobiernos, los órganos intergubernamentales y las organizaciones internacionales interesadas intensifiquen _______________ 4 2 A/56/334.

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