A/HRC/RES/56/14
las capacidades nacionales, técnicas y financieras para ofrecer garantías efectivas, entre otras
cosas mediante un enfoque de género y étnico y sobre la base del diálogo y el consenso con
los diferentes sectores y grupos,
Expresando preocupación por los obstáculos para la implementación efectiva del
Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y
Duradera, firmado en noviembre de 2016 entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas
Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), y reiterando la
importancia del apoyo continuo y amplio de la comunidad internacional a la implementación
del Acuerdo Final,
Reafirmando que la implementación efectiva del Acuerdo Final es esencial para el
goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Colombia,
Expresando preocupación por la persistencia del reclutamiento y la utilización de
niños por grupos armados no estatales y la delincuencia organizada, incluidos niños de las
comunidades indígenas y afrocolombianas y niños refugiados y migrantes, para actividades
como la extorsión, el transporte de sustancias o armas, los combates y la explotación sexual,
y observando con aprecio al mismo tiempo la aprobación de la Declaración sobre Escuelas
Seguras por el Gobierno de Colombia, y su posterior adopción de un plan de acción para la
implementación de la Declaración,
Observando con preocupación que, en su informe anual sobre la situación de los
derechos humanos en Colombia, presentado al Consejo de Derechos Humanos en su
55º período de sesiones1, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos informó de que la violencia, incluida la violencia sexual y de género, afectaba de
manera desproporcionada a las comunidades rurales, los Pueblos Indígenas, los
afrodescendientes y a sus líderes, así como a los defensores de los derechos humanos,
Reconociendo la importante labor realizada por la Misión de Verificación de las
Naciones Unidas en Colombia, cuyo mandato fue establecido por el Consejo de Seguridad
en su resolución 2366 (2017), de 10 de julio de 2017, y prorrogado por la resolución 2673
(2023), de 11 de enero de 2023, y haciendo notar debidamente la referencia a los obstáculos
para la implementación del Acuerdo Final que figura en el informe del Secretario General
sobre la Misión de Verificación2,
Acogiendo con beneplácito el primer informe del Alto Comisionado sobre el
fortalecimiento de la cooperación técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los
derechos humanos en Colombia y sus recomendaciones3, presentados al Consejo de Derechos
Humanos en su actual período de sesiones, y el informe de la experta internacional en
derechos humanos y sus recomendaciones sobre los obstáculos para la implementación del
Acuerdo Final4, presentados al Consejo en su 55º período de sesiones,
Recordando la recomendación formulada por la experta en derechos humanos, de que
el Gobierno de Colombia despliegue todos los esfuerzos para la implementación integral del
Acuerdo Final, en particular en lo que se refiere a las perspectivas étnicas y de género, en
línea con las recomendaciones del Alto Comisionado y las formuladas por los mecanismos
de derechos humanos de las Naciones Unidas,
Observando que la experta internacional en derechos humanos recomienda que se cree
una instancia del más alto nivel gubernamental y diferente de la institución responsable de
los nuevos diálogos con los grupos armados, que tenga las facultades para liderar la
implementación, convocar a todas las entidades y ministerios, asegurar la debida
coordinación interinstitucional y la coordinación entre las diferentes políticas públicas en
materia de justicia transicional, y que se la dote de los recursos humanos y financieros
necesarios para cumplir su cometido, y recordando al mismo tiempo que el Consejo de
Seguridad recomendó que se creara una oficina específica dentro de la Presidencia para
avanzar en la implementación del Acuerdo Final,
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A/HRC/55/23.
S/2024/267.
A/HRC/56/71.
A/HRC/55/18.
GE.24-13015