A/HRC/RES/55/1
de actos de acoso e intimidación, detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas y demás
agresiones presuntamente cometidos con impunidad contra defensores de los derechos
humanos, miembros de organizaciones de la sociedad civil, trabajadores de los medios de
comunicación y trabajadores humanitarios y otras personas, así como por las restricciones
indebidas a los derechos a la libertad de opinión y de expresión, tanto en línea como en
medios no electrónicos, y a la libertad de reunión pacífica y de asociación;
8.
Pone de relieve la importancia fundamental del derecho a la libertad de opinión
y de expresión, tanto en línea como en medios no electrónicos, y del derecho a la libertad de
reunión pacífica y de asociación en Sudán del Sur, e insta al Gobierno de Sudán del Sur a
que adopte medidas más eficaces para mejorar su actuación en materia de promoción y
protección del espacio político y cívico y el pleno respeto de esas libertades de conformidad
con las obligaciones que le incumben en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, en particular con miras a establecer un entorno propicio para la celebración de
elecciones libres y limpias;
9.
Hace notar el compromiso y la intención del Gobierno de Sudán del Sur de
celebrar, a más tardar en diciembre de 2024, las primeras elecciones del país desde que logró
la independencia, pone de relieve la necesidad de que esas elecciones sean libres y limpias y
se lleven a cabo mediante un proceso inclusivo y creíble, respetando plenamente los derechos
humanos y el estado de derecho, así como de que se haga posible la participación abierta e
inclusiva de todos los actores, incluida la participación plena, igualitaria y significativa de
las mujeres, antes y en el transcurso del período electoral, y exhorta al Gobierno a que
proporcione todos los recursos necesarios a la Comisión Electoral Nacional, a la Comisión
Nacional de Revisión de la Constitución y al Consejo Nacional de los Partidos Políticos para
lograr avances tangibles en los preparativos de las elecciones;
10.
Hace notar con preocupación la declaración formulada por el Secretario
General Adjunto de Operaciones de Paz en su exposición informativa al Consejo de
Seguridad el 5 de marzo de 20241, en la que aludió a la falta de progresos realizados hasta la
fecha por las partes en el Acuerdo Revitalizado para preparar esas elecciones y a la
posibilidad de que se produjeran actos de violencia si esos preparativos no se gestionaban
con cuidado;
11.
Acoge con beneplácito el informe de la Comisión sobre los Derechos Humanos
en Sudán del Sur y su presentación al Consejo de Derechos Humanos durante el diálogo
interactivo ampliado celebrado en su actual período de sesiones 2, al tiempo que expresa
preocupación por las conclusiones del informe y por la evaluación general que en él se hace
de la situación actual de los derechos humanos sobre el terreno, alienta al Gobierno de Sudán
del Sur y a otros actores a que colaboren con la Comisión con vistas a aplicar las
recomendaciones formuladas en el informe, y alienta al Gobierno a que dé prioridad a la labor
de prevención, exigiendo responsabilidades a los autores de delitos sexuales y de género,
poniendo fin al reclutamiento y el uso de menores de edad en las fuerzas y grupos armados,
adoptando un enfoque coherente para lograr la liberación de las mujeres y niños secuestrados
y poner fin a los secuestros y velando por que se asignen recursos suficientes al Ministerio
de Género, Infancia y Bienestar Social para apoyar la coordinación y el cumplimiento de los
compromisos contraídos por el Estado de luchar contra la violencia sexual y de género y de
ofrecer unos servicios integrales a los supervivientes y sus familias;
12.
Toma nota de los documentos de sesión adicionales publicados por la
Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur desde el 52º período de sesiones
del Consejo de Derechos Humanos3, y alienta a la Comisión a que ponga a disposición del
Gobierno futuros documentos de sesión de manera oportuna antes de publicarlos;
13.
Reafirma la importancia del mandato de la Comisión sobre los Derechos
Humanos en Sudán del Sur, insistiendo nuevamente en la necesidad de esclarecer los hechos
y las circunstancias, reunir y preservar pruebas y aclarar responsabilidades en relación con
las presuntas violaciones y abusos de los derechos humanos y los delitos conexos cometidos
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Véase S/PV.9564.
A/HRC/55/26.
Véase www.ohchr.org/en/hr-bodies/hrc/co-h-south-sudan/index.
GE.24-06140