A/RES/61/76
Tomando nota con reconocimiento del informe del Secretario General sobre la
prevención de los conflictos armados 1 que, entre otras cosas, se refiere a la
influencia que tienen la proliferación y la transferencia ilícita de armas pequeñas y
armas ligeras en la intensificación y prolongación de los conflictos,
Tomando nota de la declaración formulada por el Presidente del Consejo de
Seguridad el 31 de agosto de 2001 2 en que se subraya la importancia de las medidas
prácticas de desarme en el contexto de los conflictos armados y, con respecto a los
programas de desarme, desmovilización y reintegración, se pone de relieve la
importancia de las medidas encaminadas a contener los peligros que entraña para la
seguridad el uso de armas pequeñas y armas ligeras ilícitas,
Tomando nota también de que el informe del Secretario General, preparado
con la asistencia del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre armas pequeñas 3, y,
en particular, las recomendaciones que figuran en él, son una contribución
importante a la consolidación del proceso de paz mediante la adopción de medidas
prácticas de desarme,
Acogiendo con satisfacción las Medidas de coordinación en relación con las
armas pequeñas, establecidas por el Secretario General para asegurar un enfoque
global y multidisciplinario de este problema mundial complejo y multifacético y
para cooperar con las organizaciones no gubernamentales en la ejecución de
medidas prácticas de desarme,
Acogiendo también con satisfacción los Informes de la Primera y Segunda
Reuniones Bienales de los Estados sobre la ejecución del Programa de Acción para
prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos
sus aspectos, celebradas en Nueva York del 7 al 11 de julio de 2003 4 y del 11 al
15 de julio de 2005 5, respectivamente, así como el informe del Grupo de Trabajo de
composición abierta encargado de negociar un instrumento internacional que
permita a los Estados identificar y localizar, de forma oportuna y fidedigna, armas
pequeñas y armas ligeras ilícitas 6,
Subraya la particular pertinencia de las “Directrices sobre el control, la
1.
limitación y el desarme en relación con las armas convencionales, con especial
atención a la consolidación de la paz en el contexto de la resolución 51/45 N de la
Asamblea General”, aprobadas por consenso por la Comisión de Desarme en su
período de sesiones sustantivo de 1999 7;
Toma nota del informe del Secretario General sobre la consolidación de
2.
la paz mediante la adopción de medidas concretas de desarme, presentado en
cumplimiento de la resolución 59/823, y alienta una vez más a los Estados
Miembros, así como a los organismos y entidades regionales, a que apoyen la
aplicación de las recomendaciones que figuran en él;
_______________
1
A/55/985-S/2001/574 y Corr.1.
S/PRST/2001/21; véase Resoluciones y Decisiones del Consejo de Seguridad, 1° de enero de 2001 a
31 de julio de 2002.
3
A/61/288.
4
A/CONF.192/BMS/2003/1.
5
A/CONF.192/BMS/2005/1.
6
A/60/88 y Corr.2.
7
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento
No. 42 (A/54/42), anexo III.
2
2
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