Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África
A/RES/72/152
relieve que esas actividades deben estar en consonancia con sus resoluciones sobre la
cuestión y no deben debilitar el mandato de la Oficina en materia de refugiados ni la
institución del asilo, y alienta al Alto Comisionado a proseguir el diálogo con los
Estados sobre el papel de su Oficina a este respecto;
33. Alienta a los Estados de África, junto con los agentes humanitarios y de
desarrollo, a que trabajen estrechamente en la elaboración de estrategias plurianuales
para los refugiados y los desplazados internos, teniendo en cuenta la dimensión
subregional de muchas crisis de desplazamiento forzoso;
34. Invita a la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre los
derechos humanos de los desplazados internos a proseguir el diálogo que mantiene con
los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
interesadas, con arreglo al mandato del Consejo, y a que incluya datos al respecto en
todos los informes que presente al Consejo y a la Asamblea General;
35. Solicita al Secretario General que, en su septuagésimo tercer período de
sesiones y en relación con el tema titulado “Informe del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados, cuestiones relacionadas con los refugiados, los
repatriados y los desplazados y cuestiones humanitarias”, le presente un informe
amplio sobre la asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en
África, teniendo plenamente en cuenta, entre otras cosas, la situación de las
comunidades de acogida, los campamentos de refugiados y los esfuerzos realizados
por los países de asilo y los dirigidos a colmar las deficiencias de financiación.
73ª sesión plenaria
19 de diciembre de 2017
17-22957
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