A/RES/53/36
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período de sesiones, de conformidad con el artículo 160 del reglamento de la Asamblea General;
3. Invita a los Estados Miembros a presentar cuanto antes a la Comisión información detallada en
apoyo de sus solicitudes, con el fin de facilitar la labor de la Comisión;
4. Decide examinar el informe de la Comisión sobre esta cuestión lo antes posible después de su
publicación.
72a. sesión plenaria
30 de noviembre de 1998