A/RES/52/203 Página 2 Destacando que los rasgos fundamentales de las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas deben ser, entre otros, su carácter universal, voluntario y de donación, su neutralidad y multilateralismo y su capacidad de atender con flexibilidad a las necesidades de los países en desarrollo, y que dichas actividades se llevan a cabo en beneficio de los países en desarrollo, a solicitud de ellos y de conformidad con sus políticas y prioridades de desarrollo, Reconociendo la necesidad de tomar en cuenta los distintos mandatos de las organizaciones y órganos del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo y su carácter complementario, así como las prioridades convenidas en las juntas ejecutivas de los fondos y programas, Expresando su profunda preocupación por la persistente insuficiencia de los recursos destinados a las actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas, en particular por la disminución de las contribuciones a los recursos básicos, Reconociendo la necesidad de que los limitados recursos obtenidos en forma de donaciones se asignen, con carácter prioritario, a los programas y proyectos en los países de bajos ingresos, en particular de los países menos adelantados, Reconociendo también que en el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo se deberían tener en cuenta las necesidades específicas de los países con economías en transición, 1. Toma nota del informe del Secretario General sobre las modalidades de financiación de las actividades operacionales1 solicitado por el Consejo Económico y Social; 2. Reafirma enérgicamente la necesidad de que se incrementen considerablemente los recursos destinados a las actividades operacionales para el desarrollo de forma previsible, continua y segura, en consonancia con las crecientes necesidades de los países en desarrollo; 3. Destaca la necesidad de un mejoramiento constante y general de la eficiencia, eficacia y repercusión de las actividades del sistema de las Naciones Unidas dedicadas a la prestación de asistencia para el desarrollo, y acoge con beneplácito las medidas que se han adoptado con esa finalidad; 4. Subraya que los demás países en condiciones de hacerlo deberían esforzarse por aumentar la asistencia que prestan en el marco de la cooperación para el desarrollo; 5. Recuerda que las juntas ejecutivas de los fondos y programas de las Naciones Unidas deberían, de conformidad con la resolución 50/227, emprender el examen de sus políticas y estrategias de financiación con miras a cumplir sus objetivos convenidos, en particular en lo que respecta a los recursos básicos que constituyen la fuente principal de financiación de las actividades operacionales; 6. Hace un llamamiento a los órganos rectores del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y el Programa Mundial de Alimentos para que adopten un objetivo concreto y realizable en materia de recursos básicos para el período 1999-2001, teniendo en cuenta la relación entre sus mecanismos programáticos y sus planes financieros; 1 A/52/431. /...

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