A/RES/59/107 1. Exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a adoptar todas las medidas necesarias para pasar a ser partes, lo antes posible, en la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados1 y sus Protocolos, en su forma enmendada, con miras a lograr cuanto antes el mayor número posible de adhesiones a esos instrumentos con el fin último de que sean universales; Exhorta a todos los Estados Partes en la Convención que todavía no lo 2. hayan hecho a expresar su consentimiento a considerarse obligados por los Protocolos de la Convención y por la enmienda por la cual se amplía el alcance de la Convención y sus Protocolos para incluir los conflictos armados de carácter no internacional; Acoge con satisfacción la aprobación del Protocolo sobre los restos 3. explosivos de guerra (Protocolo V) 5 en la Reunión de los Estados Partes celebrada en Ginebra los días 27 y 28 de noviembre de 2003, y exhorta a los Estados Partes a expresar su consentimiento a considerarse obligados por el Protocolo y a notificar lo antes posible al depositario de su consentimiento; Toma conocimiento de la decisión de la Reunión de los Estados Partes de 4. que el Grupo de Trabajo sobre los restos explosivos de guerra continuara su labor en 2004 con el mandato de seguir examinando la aplicación de los principios existentes del derecho internacional humanitario y seguir estudiando, con un enfoque flexible, e inicialmente haciendo particular hincapié en la celebración de reuniones de expertos militares y técnicos, medidas preventivas posibles para mejorar el diseño de ciertos tipos concretos de municiones, incluidas las submuniciones, con vistas a reducir al mínimo el riesgo humanitario que supondría que esas municiones se transformaran en restos explosivos de guerra 6; 5. Toma conocimiento también de la decisión de la Reunión de los Estados Partes de que el Grupo de Trabajo sobre las minas distintas de las minas antipersonal continuara su labor en 2004 con el mandato de examinar todas las propuestas sobre las minas distintas de las minas antipersonal que se hubieran formulado desde el establecimiento del Grupo de Expertos Gubernamentales 7; 6. Toma conocimiento además de la decisión de la Reunión de los Estados Partes de que el Presidente designado siguiera celebrando consultas durante el intervalo entre los períodos de sesiones sobre las posibles opciones para promover el cumplimiento de la Convención y sus Protocolos, teniendo en cuenta las propuestas formuladas 8; 7. Expresa su apoyo a la labor realizada por el Grupo de Expertos Gubernamentales y alienta al Presidente designado y al Grupo a realizar sus tareas, de conformidad con el mandato para 2004, con miras a elaborar recomendaciones adecuadas sobre las minas distintas de las minas antipersonal para presentarlas en la Reunión de los Estados Partes que se celebrará los días 18 y 19 de noviembre de 2004, y a informar sobre la labor realizada en materia de cumplimiento, así como sobre la aplicación de los principios existentes del derecho internacional humanitario y sobre posibles medidas preventivas de orden técnico en relación con los restos explosivos de guerra; _______________ 5 Véase CCW/MSP/2003/3, apéndice II. Ibíd., párr. 26 y apéndice III. 7 Ibíd., párr. 27 y apéndice IV. 8 Ibíd., párr. 28. 6 2

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