A/RES/59/107
8.
Recuerda la decisión de la Segunda Conferencia de los Estados Partes
encargada del examen de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del
empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente
nocivas o de efectos indiscriminados de convocar otra conferencia, a más tardar en
2006, y de que las reuniones preparatorias de expertos comiencen ya en 2005, de ser
necesario4, y pide que se examine esta cuestión en la Reunión de los Estados Partes
que se celebrará los días 18 y 19 de noviembre de 2004;
9.
Pide al Secretario General que proporcione a la Reunión de los Estados
Partes que se celebrará los días 18 y 19 de noviembre de 2004 y a cualquier posible
continuación de su labor que los Estados Partes consideren pertinente, la asistencia
y los servicios que sean necesarios, incluida la preparación de actas resumidas;
10. Pide también al Secretario General que, en su calidad de depositario de la
Convención y sus Protocolos, siga informando periódicamente a la Asamblea General,
por medios electrónicos, de las ratificaciones, aceptaciones y adhesiones formuladas
respecto de la Convención y sus Protocolos;
11. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo período de
sesiones el tema titulado “Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo
de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o
de efectos indiscriminados”.
66° sesión plenaria
3 de diciembre de 2004
3
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