A/RES/55/96
Recordando además sus resoluciones 53/243 A y B, de 13 de septiembre de
1999, que contienen, respectivamente, la Declaración y el Programa de Acción sobre
una Cultura de Paz,
Reconociendo y respetando la riqueza y la diversidad de la comunidad de las
democracias del mundo, que resultan de todas las creencias y tradiciones sociales,
culturales y religiosas del mundo,
Reconociendo que, si bien todas las democracias tienen características
comunes, no hay un modelo universal de democracia,
Reafirmando su dedicación al proceso de democratización de los Estados y que
la democracia se basa en la voluntad libremente expresada de los pueblos de
determinar sus propios sistemas políticos, económicos, sociales y culturales y en su
participación plena en todos los aspectos de su vida,
Reafirmando que la buena gestión de los asuntos públicos, mencionada en la
Declaración del Milenio 5, es uno de los factores indispensables para la construcción
y consolidación de sociedades pacíficas, prósperas y democráticas,
Consciente de la importancia decisiva de la contribución y la participación
activa de la sociedad civil en los procesos de gestión de los asuntos públicos que
afectan a la vida de las personas,
Recordando los compromisos contraídos por los Estados Miembros en el
marco de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales de promover la
democracia y el imperio de la ley,
Acogiendo con beneplácito medidas tales como la decisión AHG/Dec.141
(XXXV) aprobada en 1999 por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la
Organización de la Unidad Africana 6, la resolución AG/RES.1080 (XXI-091)
adoptada en 1991 por la Asamblea General de la Organización de los Estados
Americanos y el Documento de Moscú sobre la Dimensión Humana adoptado en
1991 por la Conferencia sobre la Dimensión Humana de la Conferencia para la
Seguridad y la Cooperación en Europa, en el cual los Estados miembros se
comprometen a adoptar ciertas medidas en caso de interrupción del gobierno
democrático, así como la Declaración del Commonwealth adoptada en Harare en
1991 7, por la cual los miembros se comprometen a respetar los principios
democráticos fundamentales,
Encomiando el deseo de un número cada vez mayor de países de todo el mundo
de dedicar su energía, sus medios y su voluntad política a la construcción de
sociedades democráticas en que cada uno tenga la oportunidad de determinar su
destino,
Tomando nota de las iniciativas adoptadas por los países que participaron en la
primera, la segunda y la tercera Conferencia Internacional de las Democracias
Nuevas o Restauradas, celebradas respectivamente en Manila en junio de 1988, en
Managua en julio de 1994 y en Bucarest en septiembre de 1997,
Tomando nota también de la conferencia ministerial titulada “Hacia una
Comunidad de Democracias”, acogida por el Gobierno de Polonia, en Varsovia, el
26 y el 27 de junio de 2000,
5
Véase la resolución 55/2.
Véase el documento A/54/424, anexo II.
7
A/46/708, anexo.
6
2
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