Desarrollo sostenible de las montañas
A/RES/74/227
locales y los pueblos indígenas, incluidas las oportunidades de empleo productivo, el
crecimiento económico y la promoción de la cultura y los productos locales;
17. Expresa su profunda preocupación por el número y la escala de los
desastres naturales y causados por el hombre y sus efectos crecientes en los últimos
años, que han provocado la pérdida de innumerables vidas humanas y han tenido
consecuencias adversas a largo plazo a nivel social, económico y ambiental para las
sociedades de todo el mundo, y reconoce que la reducción del riesgo de desastres
requiere un enfoque preventivo más amplio y más centrado en las personas y la
implicación y colaboración de toda la sociedad, así como empoderamiento y una
participación inclusiva, accesible y no discriminatoria, prestando especial atención a
las personas afectadas desproporcionadamente por los desastres, muchos de los cuales
son agravados por el cambio climático, en particular las más pobres, y teniendo
también en cuenta la vulnerabilidad de quienes viven en entornos montañosos, sobre
todo en los países en desarrollo;
18. Alienta a los Estados, según proceda, a que refuercen la gobernanza del
riesgo de desastres, inviertan en la reducción del riesgo de desastres para la resiliencia
y desarrollen y mejoren las estrategias de gestión del riesgo de desastres en las
regiones montañosas mediante una mayor generación y utilización de información
sobre los riesgos climáticos y de desastres, la mejora de la comunicación de los
riesgos y la participación de las comunidades de las regiones montañosas, la
elaboración de mapas de riesgos y plataformas, la mejora de los sistemas de alerta
temprana y la aplicación del enfoque basado en los riesgos en todos los planes de
desarrollo, a fin de hacer frente a acontecimientos extremos como los
desprendimientos de rocas, las avalanchas, los desbordamientos repentinos de lagos
glaciares y los corrimientos de tierras, que pueden verse exacerbados por el cambio
climático y la deforestación, en consonancia con el Marco de Sendai para la
Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 14;
19. Alienta, a este respecto, la creciente participación de las autoridades
locales, así como de otras partes interesadas pertinentes, en particular la población
rural, los pueblos indígenas, la sociedad civil y el sector privado, en la elaboración y
ejecución de programas, la planificación del uso de la tierra y los arreglos sobre
tenencia de tierras, y en otras actividades pertinentes relacionadas con el desarrollo
sostenible en las montañas;
20. Observa con preocupación que el acceso a los servicios y la infraestructura
es menor en las tierras altas que en otras zonas, y alienta a los Estados Miembros a
que mejoren la infraestructura básica en las zonas montañosas para alcanzar los
Objetivos de Desarrollo Sostenible;
21. Observa la importancia de velar por la conservación de los ecosistemas
montañosos, incluida su diversidad biológica, a fin de mejorar su capacidad de
proporcionar beneficios esenciales para el bienestar humano, la actividad económica
y el desarrollo sostenible, y de desarrollar medios innovadores d e implementación
para protegerlos, reconoce con aprecio a este respecto el establecimiento de los
fondos pertinentes, como el fondo de la secretaría de la Alianza para las Montañas, y
los esfuerzos realizados por las entidades pertinentes de las Naciones U nidas para
promover la conservación de los ecosistemas de montaña, y alienta a los Estados
Miembros y a todos los demás interesados pertinentes a que lo apoyen
financieramente de manera voluntaria;
22. Alienta a los Estados, todas las partes interesadas pertinentes y la
comunidad internacional a que redoblen sus esfuerzos en pro de la conservación de
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19-22499
Resolución 69/283, anexo II.
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