A/RES/58/136
Apoyando la labor que realiza el Director Ejecutivo de la Oficina de las
Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para promover un enfoque más
integrado en la lucha contra el terrorismo, el tráfico ilícito de drogas, la delincuencia
organizada transnacional y otras formas conexas de actividad criminal,
Destacando la necesidad de coordinación y cooperación estrechas entre los
Estados, las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, el Comité
contra el Terrorismo y el Centro en la prevención y lucha contra el terrorismo y las
actividades criminales encaminadas a fomentar el terrorismo en todas sus formas y
manifestaciones,
Convencida de la necesidad, manifestada por la Asamblea General y el Consejo
de Seguridad en diversas resoluciones, en particular la resolución 1373 (2001) del
Consejo, de prevenir y reprimir los actos de terrorismo, y observando con profunda
preocupación los vínculos entre el terrorismo y la delincuencia organizada
transnacional, el tráfico ilícito de drogas, el blanqueo de dinero y el tráfico de
armas, así como las transferencias ilícitas de materiales nucleares, químicos y
biológicos,
Expresando su reconocimiento al Gobierno de Austria y al Centro por la
organización del simposio titulado “Lucha contra el terrorismo internacional: la
contribución de las Naciones Unidas”, celebrado en Viena el 3 y el 4 de junio de
2002, y tomando nota del informe del Director Ejecutivo 1,
Recordando que los Estados Miembros deben garantizar que cualesquiera medidas
adoptadas para luchar contra el terrorismo sean compatibles con todas sus obligaciones
con arreglo al derecho internacional y que esas medidas se adopten de conformidad con
el derecho internacional, en particular la normativa internacional pertinente sobre
derechos humanos, derecho de los refugiados y derecho humanitario, según proceda,
Tomando nota con reconocimiento de que el Comité Especial establecido por
la Asamblea General en su resolución 51/210, de 17 de diciembre de 1996, continúa
preparando un proyecto de convenio general sobre el terrorismo internacional 2 y un
proyecto de convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear 3,
Alienta las actividades que, en el marco de sus mandatos, realiza el
1.
Centro para la Prevención Internacional del Delito de la Oficina de las Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito en materia de prevención del terrorismo y que
consisten en prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que lo soliciten,
concretamente para aplicar los convenios y protocolos universales relativos al
terrorismo, reforzando con ello la cooperación internacional en la prevención y
lucha contra el terrorismo, en estrecha colaboración con el Comité del Consejo de
Seguridad establecido en virtud de la resolución 1373 (2001) relativa a la lucha
contra el terrorismo y la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, así como con
las organizaciones internacionales, regionales y subregionales;
Acoge con beneplácito el establecimiento del Programa mundial contra el
2.
terrorismo, lanzado por el Centro, que brinda el marco apropiado para las actividades de
apoyo a los Estados Miembros en su lucha contra el terrorismo, en particular por medio
de la aplicación de los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo;
_______________
1
Véase A/57/152 y Corr.1 y Add.1 y Add.1/Corr.1 y 2 y Add.2.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo octavo período de sesiones,
Suplemento No. 37 (A/58/37), anexo II.A.
3
Ibíd., anexo II.B.
2
2
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