A/RES/52/190
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5. Exhorta a todos los gobiernos y a los demás interesados en las cuestiones relativas a los
asentamientos humanos y a la ordenación urbana, como las autoridades locales, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales competentes, los parlamentarios, el sector privado, los
sindicatos, los medios universitarios y otros grupos comunitarios, a que apliquen de manera íntegra y
efectiva el Programa de Hábitat;
6. Invita a los gobiernos a que consideren la posibilidad, cuando proceda, de incluir en sus
delegaciones ante futuros períodos de sesiones de la Comisión, de conformidad con las condiciones propias
de cada país, a representantes de autoridades locales y los agentes de la sociedad civil que correspondan,
en especial del sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de
investigación, en el ámbito de la vivienda adecuada para todos y el desarrollo de asentamientos humanos
sostenibles;
7. Afirma que, en un mundo que se urbaniza rápidamente, hay que reconocer y realzar el papel
central que cumplen las autoridades locales en la aplicación del Programa de Hábitat;
8. Pide a todas las organizaciones y los organismos competentes del sistema de las Naciones
Unidas, incluidas las comisiones regionales y pide también a las instituciones de Bretton Woods, que
apoyen plenamente la aplicación efectiva del Programa de Hábitat a todos los niveles, y que intensifiquen
su cooperación con este fin con miras a promover una aplicación integral, interrelacionada y coherente
y un seguimiento coordinado de los resultados de las conferencias de las Naciones Unidas;
9. Subraya que, para aplicar plena y efectivamente el Programa de Hábitat, en especial en todos
los países en desarrollo, sobre todo en los de África y en los países menos adelantados, habrá que
movilizar recursos financieros adicionales de diversas fuentes nacionales e internacionales y una
cooperación más efectiva para el desarrollo, en apoyo de las actividades nacionales encaminadas a
promover la asistencia a las actividades relativas a la vivienda y los asentamientos humanos;
10. Invita a todos los gobiernos y a la comunidad internacional a que consideren la posibilidad de
proporcionar mayor apoyo a las actividades de la Fundación de las Naciones Unidas para el Hábitat y los
Asentamientos Humanos, teniendo en cuenta la necesidad de seguir incrementando su eficacia;
11. Invita a la Comisión de Asentamientos Humanos a que fomente el empleo de un conjunto de
indicadores fundamentales, que seguirá elaborando el Centro y utilizarán los gobiernos, según sea
necesario, para supervisar y evaluar a nivel nacional y local la aplicación del Programa de Hábitat;
12. Decide celebrar un período extraordinario de sesiones en el año 2001 para proceder a un examen
y evaluación generales de la aplicación de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
los Asentamientos Humanos (Hábitat II), cuyas modalidades decidirá en su quincuagésimo tercer período
de sesiones;
13. Invita al Consejo Económico y Social a que considere la posibilidad de dedicar, antes del año
2001, una de sus series de sesiones de alto nivel a los asentamientos humanos y a la aplicación del
Programa de Hábitat;
14. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo tercer período de sesiones, un
informe sobre la aplicación de la presente resolución;
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