A/RES/48/84 Página 3 3. Pone de relieve su adhesión a la diplomacia preventiva y la necesidad de establecer mecanismos políticos apropiados para la pronta solución de las controversias y para la resolución oportuna y pacífica de toda situación que pueda producir un deterioro de las relaciones amistosas entre los Estados, a fin de preservar la paz y reforzar la seguridad internacional; 4. Subraya la necesidad de que se apliquen plenamente las resoluciones del Consejo de Seguridad; 5. Reconoce que tiene una importante función que desempeñar en lo que respecta a contribuir a abordar situaciones que puedan conducir a fricciones o controversias internacionales, en estrecha cooperación y coordinación con el Consejo de Seguridad y el Secretario General, de conformidad con la Carta; 6. Destaca la gran importancia del papel de los acuerdos y organizaciones regionales y reconoce la necesidad de que sus actividades se coordinen con las de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales; 7. Insta a todos los Estados a que procuren lograr un avance sostenible en la esfera del desarme, el control de los armamentos, la no proliferación, la transparencia en las transferencias de armamentos y las medidas de fomento de la confianza, que pueden aportar una contribución decisiva al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales; 8. Reconoce la importancia de los asuntos humanitarios en situaciones de conflicto y acoge con satisfacción la función cada vez más amplia que desempeña el sistema de las Naciones Unidas en la prestación de asistencia humanitaria; 9. Decide seguir examinando la cuestión del mantenimiento de la seguridad internacional e invita a los Estados Miembros a que presenten sus opiniones acerca del examen futuro de esta cuestión; 10. Decide también incluir en el programa provisional de su cuadragésimo noveno período de sesiones el tema titulado "Mantenimiento de la seguridad internacional". 81ª sesión plenaria 16 de diciembre de 1993 B Desarrollo de relaciones de buena vecindad entre los Estados balcánicos La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 2625 (XXV), de 24 de octubre de 1970, en cuyo anexo figura la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, y 46/62, de 9 de diciembre de 1991, /...

Sélectionner le paragraphe cible3