A/RES/49/158
Página 4
Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional
Organizada 2/;
10.
Pide al Secretario General que facilite, cuando proceda, la
adopción de iniciativas conjuntas, así como la formulación y aplicación
conjuntas de proyectos de asistencia técnica que beneficien a los países en
desarrollo y a los países en transición, con la colaboración de los países
donantes interesados y los organismos de financiación, particularmente el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Banco Mundial, con
miras a establecer y mantener sistemas eficaces de justicia penal como
componente esencial de los esfuerzos de desarrollo;
11.
Pide también al Secretario General que refuerce más la cooperación
entre la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal y el Programa
de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas;
12.
Pide además al Secretario General que adopte todas las medidas
necesarias para prestar asistencia a la Comisión de Prevención del Delito y
Justicia Penal en el desempeño de sus funciones como principal órgano rector
en materia de la prevención del delito y justicia penal y para garantizar la
coordinación adecuada de todas las actividades pertinentes en esa esfera, en
particular con la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de
Estupefacientes;
13.
Acoge con beneplácito las contribuciones hechas por el programa en
materia de prevención del delito y justicia penal, en respuesta a las
solicitudes de ayuda formuladas por los Estados, entre ellas las recibidas por
intermedio de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones
Unidas, de conformidad con la resolución 1992/22 del Consejo Económico y
Social, y pide al Secretario General que se sigan preparando cursos básicos
sobre las normas y directrices de las Naciones Unidas en materia de prevención
del delito y justicia penal que puedan utilizarse, cuando sea necesario, para
la capacitación del personal de misiones de mantenimiento de la paz y de
asistencia de emergencia y, a petición de los Estados Miembros, del personal
nacional de contraparte, como se pide en la resolución 1993/34 del Consejo
Económico y Social;
14.
Pide al Secretario General que presente a la Asamblea General en
su quincuagésimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la
presente resolución.
94a. sesión plenaria
23 de diciembre de 1994
2/
Véase A/49/748, secc. I.