A/RES/49/158 Página 2 Subrayando la necesidad urgente de mejorar la cooperación regional, interregional e internacional y la coordinación de las actividades destinadas a combatir la delincuencia en sus múltiples aspectos, Observando el continuo aumento del volumen de trabajo de la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de la Secretaría, así como los obstáculos considerables que impiden ejecutar plena y eficazmente las actividades de sus programas, de resultas de la falta de capacidad institucional adecuada, Convencida de que la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal sólo puede ser eficaz si se le asignan recursos en proporción con sus necesidades y en cuantía suficiente para que pueda cumplir su mandato y atender oportuna y eficazmente al número cada vez mayor de solicitudes de asistencia que recibe de los Estados Miembros, Recordando la resolución 1986/11 del Consejo Económico y Social, de 21 de mayo de 1986, en la que el Consejo instó al Secretario General a que examinase críticamente la estructura existente y el nivel de gestión de la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, con miras a fortalecer su capacidad y darle una categoría adecuada a sus responsabilidades, Recordando también su resolución 46/152, de 18 de diciembre de 1991, sobre la elaboración de un programa eficaz de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en virtud de la cual la Asamblea aprobó la declaración de principios y programa de acción, anexos a la resolución, en que se recomendaba al Secretario General que se elevase lo antes posible al rango de División a la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, Recordando también su resolución 48/103, de 20 de diciembre de 1993, en la que reiteraba su petición al Secretario General de que reforzara el programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y reclasificara, con carácter urgente, la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, pasándola a la categoría de División, Recordando sus resoluciones pertinentes, así como las decisiones del Consejo Económico y Social, en que se otorgó una alta prioridad a las actividades del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y se pidió que se asignara al programa una proporción apropiada de los recursos generales de las Naciones Unidas, Preocupada por el hecho de que, pese a los reiterados llamamientos de la Asamblea General y del Consejo Económico y Social para que se reclasifique a la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal como División, no se haya adoptado todavía ninguna decisión para dar efecto a las resoluciones de la Asamblea 46/152, 47/91, de 16 de diciembre de 1992, y 48/103, y a las resoluciones del Consejo 1992/22, de 30 de julio de 1992, 1993/31 y 1993/34, de 27 de julio de 1993, y 1994/16, de 25 de julio de 1994, Tomando nota del informe del Secretario General sobre los avances logrados en la aplicación de las resoluciones 46/152, 47/91 y 48/103 de la Asamblea General 1/, 1/ A/49/593. /...

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