A/RES/49/158 Página 4 Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada 2/; 10. Pide al Secretario General que facilite, cuando proceda, la adopción de iniciativas conjuntas, así como la formulación y aplicación conjuntas de proyectos de asistencia técnica que beneficien a los países en desarrollo y a los países en transición, con la colaboración de los países donantes interesados y los organismos de financiación, particularmente el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Banco Mundial, con miras a establecer y mantener sistemas eficaces de justicia penal como componente esencial de los esfuerzos de desarrollo; 11. Pide también al Secretario General que refuerce más la cooperación entre la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal y el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas; 12. Pide además al Secretario General que adopte todas las medidas necesarias para prestar asistencia a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en el desempeño de sus funciones como principal órgano rector en materia de la prevención del delito y justicia penal y para garantizar la coordinación adecuada de todas las actividades pertinentes en esa esfera, en particular con la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Estupefacientes; 13. Acoge con beneplácito las contribuciones hechas por el programa en materia de prevención del delito y justicia penal, en respuesta a las solicitudes de ayuda formuladas por los Estados, entre ellas las recibidas por intermedio de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, de conformidad con la resolución 1992/22 del Consejo Económico y Social, y pide al Secretario General que se sigan preparando cursos básicos sobre las normas y directrices de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal que puedan utilizarse, cuando sea necesario, para la capacitación del personal de misiones de mantenimiento de la paz y de asistencia de emergencia y, a petición de los Estados Miembros, del personal nacional de contraparte, como se pide en la resolución 1993/34 del Consejo Económico y Social; 14. Pide al Secretario General que presente a la Asamblea General en su quincuagésimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución. 94a. sesión plenaria 23 de diciembre de 1994 2/ Véase A/49/748, secc. I.

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