A/RES/52/14 Página 3 9. Insta a la comunidad internacional y a todas las organizaciones internacionales y privadas pertinentes a cumplir sin más demora su promesa de proporcionar asistencia para facilitar la desmovilización y la reinserción social de los ex combatientes, el proceso de remoción de minas, el reasentamiento de las personas desplazadas y la reconstrucción de la economía angoleña para consolidar los logros del proceso de paz; 10. Acoge con satisfacción el restablecimiento de la paz en Liberia tras la feliz celebración de las elecciones de julio y la instalación del Gobierno elegido democráticamente en ese país, y en ese sentido expresa su reconocimiento a la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, a su Grupo de Verificación de la Cesación del Fuego, a las Naciones Unidas y a otros miembros de la comunidad internacional por sus esfuerzos en pro de la solución pacífica del conflicto de Liberia y los exhorta a prestar apoyo a las actividades de consolidación de la paz en Liberia, incluido el establecimiento de un marco viable para la movilización de recursos destinados a la reconstrucción y el desarrollo; 11. Acoge con beneplácito las medidas adoptadas por el nuevo Gobierno elegido de Liberia para ejecutar programas encaminados a lograr una genuina reconciliación, la unidad nacional y la formación de un gobierno de base amplia, así como su compromiso de promover la protección de los derechos humanos y el respeto al imperio de la ley; 12. Encomia los esfuerzos realizados por los Estados Miembros y las organizaciones humanitarias para prestar asistencia humanitaria a Angola y Liberia, y les insta a que sigan proporcionando e incrementando dicha ayuda; 13. Expresa su preocupación por la situación en Sierra Leona, condena el golpe de estado perpetrado por los militares el 25 de mayo de 1997 contra el Gobierno elegido democráticamente, y pide a la junta militar de Sierra Leona que cumpla sus obligaciones con arreglo al plan de paz convenido en Conakry el 23 de octubre de 19977; 14. Encomia las iniciativas de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental y del Consejo de Seguridad para tratar de resolver la situación, y exhorta a la comunidad internacional a que apoye esas iniciativas mediante la cabal aplicación de las diversas medidas adoptadas para acelerar el restablecimiento de la paz y la estabilidad en Sierra Leona; 15. Afirma la importancia del Atlántico Sur para las actividades marítimas y las transacciones comerciales mundiales, así como su determinación de preservar la región para todos los fines y actividades pacíficos protegidos por el derecho internacional, en particular por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar8; 7 Véase S/1997/824, anexo II. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo segundo año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1997, documento S/1997/824. 8 Documentos Oficiales de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, vol. XVII (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.84.V.3), documento A/CONF.62/122. /...

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