A/HRC/RES/54/28
los derechos humanos, con miras a generar resultados sostenibles, y alienta a los órganos
regionales de derechos humanos a que compartan experiencias e intercambien buenas
prácticas con respecto a la promoción, la protección y el ejercicio de los derechos humanos,
incluidas las relativas al empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, colaborando al
mismo tiempo con los agentes pertinentes, como las instituciones nacionales de derechos
humanos, las organizaciones de la sociedad civil y los titulares de derechos;
4.
Reafirma la permanente necesidad de que aumenten las contribuciones
voluntarias a los fondos correspondientes de las Naciones Unidas para apoyar la asistencia
técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos, alienta a los
Estados a que sigan contribuyendo a esos fondos, así como al programa de asistencia técnica
y fomento de la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos, a fin de garantizar que la Oficina del Alto Comisionado esté en
condiciones de responder a las solicitudes de asistencia señaladas en sus llamamientos
anuales, y alienta a los fondos y a la Oficina a que sigan aumentando la eficacia y la
transparencia de sus actividades;
5.
Afirma que el proceso del examen periódico universal es un canal para iniciar
un diálogo constructivo e inclusivo sobre los derechos humanos y explorar vías de
cooperación técnica con los Estados examinados, y que sus recomendaciones, promesas y
compromisos aceptados en el examen periódico universal podrían servir de plataforma para
desarrollar y fortalecer la cooperación técnica y aumentar las alianzas entre los Estados, los
organismos competentes de las Naciones Unidas y las partes interesadas, incluida la sociedad
civil, a fin de apoyar el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de
derechos humanos por los Estados;
6.
Acoge con beneplácito las contribuciones realizadas por los Estados al proceso
de seguimiento y aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal en los
Estados examinados, y alienta a todos los Estados a que contribuyan al seguimiento y la
aplicación de dichas recomendaciones por los Estados examinados, entre otras cosas,
presentando las mejores prácticas, intercambiando experiencias y conocimientos y
ofreciendo asistencia técnica en respuesta a las solicitudes y con el consentimiento de los
Estados interesados;
7.
Alienta a los Estados a que también consideren la posibilidad de ofrecer
asistencia técnica e intercambiar mejores prácticas y experiencias en los ámbitos que puedan,
contribuyendo a la aplicación de sus propias recomendaciones del examen periódico
universal que fueron aceptadas por los Estados examinados, en respuesta a las solicitudes y
con el consentimiento de los Estados interesados;
8.
Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por la Oficina del Alto
Comisionado y otros organismos competentes de las Naciones Unidas para promover y
apoyar la aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal por los Estados,
y pide que la Oficina y otros organismos competentes de las Naciones Unidas sigan prestando
apoyo oportuno y de calidad a las solicitudes formuladas por los Estados en su labor de
aplicación de las recomendaciones aceptadas en el contexto del examen periódico universal
y de preparación de sus informes nacionales para el examen, y alienta a que se establezca a
una mayor coordinación a este respecto;
9.
Reconoce que las instituciones nacionales de derechos humanos existentes y la
sociedad civil pueden desempeñar un papel importante en el apoyo para la aplicación de las
recomendaciones aceptadas del examen periódico universal y en la preparación de los
informes nacionales del examen periódico universal y, por consiguiente, alienta a los Estados
y a los organismos competentes de las Naciones Unidas a que proporcionen asistencia técnica
y fomento de la capacidad a esos actores y colaboren con ellos en estos procesos;
10.
Alienta a los Estados que necesiten asistencia técnica a que consideren la
posibilidad de solicitársela a la Oficina del Alto Comisionado y a otros organismos
competentes de las Naciones Unidas para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de
derechos humanos, así como de sus promesas y compromisos voluntarios, incluidas las
recomendaciones aceptadas en el contexto del examen periódico universal, y alienta
encarecidamente a la Oficina y a los respectivos organismos de las Naciones Unidas a que
respondan favorablemente a esas solicitudes y proporcionen información, de manera
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GE.23-20058
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