A/HRC/RES/38/6 6. Exhorta a los Estados, la comunidad internacional y el sistema de las Naciones Unidas a que pongan fin a la medicalización de la mutilación genital femenina, lo que implica elaborar y difundir directrices y disposiciones jurídicas para el personal médico y las parteras tradicionales a fin de dar una respuesta adecuada a los problemas de salud física y mental crónicos de millones de mujeres y niñas que han sido objeto de mutilación genital, problemas que obstaculizan el progreso en la esfera de la salud en general y la protección de los derechos humanos, incluido el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; 7. Insta a los Estados a respetar, proteger y promover los derechos humanos de todas las mujeres y las niñas, y a aprobar y acelerar la aplicación de leyes, políticas y programas que protejan y permitan su disfrute de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluido su derecho a la salud sexual y reproductiva; 8. Insta a los Estados a promover la rendición de cuentas y garantizar el acceso a la justicia para la aplicación y el cumplimiento efectivos de las leyes destinadas a prevenir y eliminar todas las formas de mutilación genital femenina, en particular informando a las mujeres y las niñas de sus derechos y eliminando todas las barreras al acceso a la asistencia letrada y los recursos; 9. Exhorta a los Estados a que tomen las medidas inmediatas y eficaces siguientes para erradicar la práctica de la mutilación genital femenina: a) Abordar las causas fundamentales de la desigualdad de género, incluidos los estereotipos de género y las normas sociales negativas, las actitudes y conductas, los factores socioeconómicos de la violencia y las relaciones de poder desiguales, como las normas patriarcales que perpetúan la mutilación genital femenina; b) Hacer especial hincapié en la educación formal e informal, especialmente de los jóvenes, incluidas las jóvenes, los padres y los dirigentes religiosos, tradicionales y comunitarios, sobre los efectos nocivos de la mutilación genital femenina, y alentar especialmente a los hombres y los niños a implicarse más en las campañas de información y sensibilización para que sean agentes de cambio en las comunidades, entre otras cosas mediante la participación significativa de las mujeres y las niñas que han sido objeto de esta práctica; c) Proseguir e intensificar su labor de información y sensibilización sobre los efectos perjudiciales de la mutilación genital femenina y aumentar su apoyo a las actividades destinadas a eliminar esta práctica en los ámbitos local, nacional e internacional, y organizar, en este marco, actividades durante el Día Internacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina en que participen autoridades religiosas y tradicionales; d) Formular, apoyar y promover programas de educación, según proceda, en particular sobre salud sexual y reproductiva, en los que se cuestionen inequívocamente los estereotipos negativos y las actitudes y las prácticas nocivas que sustentan la mutilación genital femenina y perpetúan la violencia y la discriminación contra las mujeres y las niñas; e) Aprobar legislación nacional que prohíba la mutilación genital femenina, en consonancia con el derecho internacional de los derechos humanos, y tomar medidas para garantizar su estricta aplicación, y trabajar al mismo tiempo para armonizar su legislación a fin de hacer frente eficazmente a la práctica transfronteriza de la mutilación genital femenina, incluso mediante el fortalecimiento de la cooperación policial y judicial transnacional en materia de intercambio de información sobre las víctimas y los autores de delitos de mutilación genital femenina, de conformidad con la legislación y las políticas nacionales y el derecho internacional de los derechos humanos; f) Sistematizar la recopilación de datos sobre la mutilación genital femenina, fomentar la investigación sobre este tema, especialmente a nivel universitario, la transparencia, la rendición de cuentas y el intercambio de datos por las partes interesadas pertinentes, y utilizar los resultados para reforzar las actividades de información y sensibilización y medir eficazmente los progresos logrados en la eliminación de la mutilación genital femenina; 4 GE.18-11905

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