A/RES/59/141
Estados cercanos a lugares donde existan emergencias humanitarias deben facilitar,
en la medida de lo posible, la circulación de la asistencia humanitaria,
Preocupada por la necesidad de movilizar un apoyo suficiente, en particular
recursos financieros, para prestar asistencia humanitaria de emergencia a todos los
niveles, incluidos los niveles nacional, regional e internacional,
Destacando que la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la
Secretaría debería tener una financiación suficiente y más predecible, y subrayando
al mismo tiempo la importancia de que la Oficina siga procurando ampliar su base
de donantes,
Reiterando que las contribuciones a la asistencia humanitaria deben
proporcionarse en forma tal que no vayan en detrimento de los recursos facilitados
con destino a la cooperación internacional para el desarrollo,
Reconociendo la importancia que tiene la asistencia humanitaria para lograr
una transición efectiva de los conflictos a la paz y el efecto positivo que podría tener
para prevenir la reaparición de conflictos armados, y que la asistencia humanitaria
se debe proporcionar de manera que propicie la recuperación y el desarrollo a largo
plazo,
Observando con suma preocupación la creciente intensidad y frecuencia de los
desastres naturales y reafirmando la importancia de las medidas sostenibles para
reducir la vulnerabilidad de las sociedades a los riesgos naturales utilizando un
enfoque integrado, aplicable a riesgos múltiples y participativo para abordar la
vulnerabilidad, la evaluación de riesgos y la prevención, mitigación, preparación,
respuesta y recuperación en casos de desastre,
Toma nota con reconocimiento de los resultados de la séptima serie de
1.
sesiones sobre asuntos humanitarios del Consejo Económico y Social, celebrada
durante su período de sesiones sustantivo de 2004;
Alienta al Coordinador del Socorro de Emergencia a seguir tratando de
2.
fortalecer la coordinación de la asistencia humanitaria y pide a las organizaciones
competentes de las Naciones Unidas y a otros agentes humanitarios y de desarrollo
que trabajen con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la
Secretaría para aumentar la coordinación, la eficacia y la eficiencia de la asistencia
humanitaria;
Reconoce la importancia de contar con una financiación segura y
3.
predecible para prestar asistencia humanitaria en forma coordinada, adecuada y
oportuna, subraya la necesidad de incrementar progresivamente, en el proceso
presupuestario normal, la parte del presupuesto de la Oficina de Coordinación de
Asuntos Humanitarios que se sufraga con cargo al presupuesto ordinario de las
Naciones Unidas, y pide al Secretario General que estudie debidamente esta cuestión;
Subraya la importancia de que las políticas y actividades humanitarias se
4.
examinen en la Asamblea General y el Consejo Económico y Social y de que los
Estados Miembros den mayor impulso a esas deliberaciones;
Exhorta a los gobiernos, las organizaciones competentes del sistema de
5.
las Naciones Unidas, las demás organizaciones internacionales competentes y las
organizaciones no gubernamentales a que cooperen con el Secretario General y el
Coordinador del Socorro de Emergencia para asegurar la aplicación y el
seguimiento oportunos de las resoluciones de la Asamblea General y las
resoluciones del Consejo Económico y Social aprobadas en la serie de sesiones
sobre asuntos humanitarios de sus períodos de sesiones sustantivos;
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