A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/51/238 23 de junio de 1997 Quincuagésimo primer período de sesiones Tema 97 a) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/51/L.74)] 51/238. Utilización del Fondo especial de contribuciones voluntarias y del Fondo Fiduciario establecidos de conformidad con la resolución 47/188 de la Asamblea General La Asamblea General, Recordando el párrafo 15 de su resolución 47/188, de 22 de diciembre de 1992, que se refiere a la creación de un fondo especial de contribuciones voluntarias para que los países en desarrollo afectados por la desertificación y la sequía, en particular los países menos adelantados, puedan participar plena y eficazmente en el proceso de negociación del Comité Intergubernamental de Negociación encargado de elaborar una convención internacional de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África, Recordando también el párrafo 13 de su resolución 47/188 y el párrafo 8 de su resolución 50/112, de 20 de diciembre de 1995, que se refiere a la posibilidad de utilizar el Fondo Fiduciario para apoyar la participación de representantes de organizaciones no gubernamentales en la labor del Comité, Recordando además el inciso b) del párrafo 13 de su resolución 51/180, de 16 de diciembre de 1996, que se refiere al mantenimiento de las disposiciones relativas a los fondos extrapresupuestarios, Tomando nota con satisfacción de la entrada en vigor el 26 de diciembre de 1996 de la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la 97-77308 /...

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