A/RES/58/127 Observando con satisfacción que en los mandatos de varias operaciones de mantenimiento de la paz se han incluido disposiciones sobre las actividades relativas a las minas realizadas, en el marco de esas operaciones, bajo la dirección del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Secretaría, Encomiando las medidas adoptadas por los gobiernos donantes y receptores, el sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales, el Comité Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones no gubernamentales a fin de coordinar sus esfuerzos y encontrar soluciones a los problemas a que da lugar la presencia de minas y otros artefactos explosivos sin detonar, así como la asistencia que prestan a las víctimas de las minas, Celebrando la labor que realiza el Secretario General a los efectos de sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de las minas terrestres, 1. Acoge con beneplácito el informe del Secretario General sobre la asistencia para las actividades relativas a las minas 10 y las recomendaciones que contiene, y toma nota con reconocimiento de la estrategia revisada para las actividades relativas a las minas que figura en la adición al informe 11; 2. Pide, en particular, que los Estados, con ayuda de las Naciones Unidas y las organizaciones pertinentes que participan en actividades relativas a las minas, en la forma que proceda, sigan tratando de fomentar la creación y el perfeccionamiento de la capacidad nacional en actividades relativas a las minas en los países en que las minas y otros artefactos explosivos sin detonar constituyen una grave amenaza para la seguridad, la salud y la vida de la población local o un obstáculo para el desarrollo social y económico en los planos nacional y local, e insta a todos los Estados Miembros, particularmente a los que tienen capacidad para hacerlo, a que presten asistencia a los países afectados por las minas con el fin de que puedan establecer y perfeccionar su capacidad nacional para llevar a cabo actividades relativas a las minas; Invita a los Estados Miembros a que, en cooperación con los organismos 3. competentes del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales, gubernamentales y no gubernamentales competentes, establezcan programas nacionales y presten apoyo a los existentes, cuando proceda, para reducir los riesgos que suponen las minas y otros artefactos explosivos sin detonar, en particular para las mujeres y los niños; Expresa su reconocimiento a los gobiernos, a las organizaciones 4. regionales y a otros donantes por sus contribuciones financieras y en especie a las actividades relativas a las minas, incluidas sus contribuciones para operaciones de emergencia, operaciones de mantenimiento de la paz y programas nacionales y locales de creación de capacidad; Alienta los esfuerzos para llevar a cabo las actividades relativas a las 5. minas de conformidad con las normas nacionales e internacionales aceptadas, en particular las Normas Internacionales para las Actividades relativas a las Minas, y alienta además a todos los Estados que participen en actividades relativas a las minas, incluidos los países que aportan contingentes y que realizan ese tipo de actividades en operaciones de mantenimiento de la paz, a que se atengan a esas normas siempre que sea procedente; _______________ 10 11 4 A/58/260. A/58/260/Add.1.

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