A/RES/48/75
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de conformidad con el principio de la seguridad sin menoscabo al nivel más
bajo posible de armamentos para todos los Estados participantes, aumentarían
la seguridad de todos los Estados y, en consecuencia, contribuirían a la paz y
la seguridad internacionales,
Reconociendo la función útil que desempeñan los centros regionales de
las Naciones Unidas,
Tomando nota del informe de la Comisión de Desarme en que figura el
texto de las directrices y recomendaciones referentes a los enfoques
regionales del desarme en el contexto de la seguridad mundial, que fue
aprobado por la Comisión en su período de sesiones sustantivo de 1993 17/,
Expresando su reconocimiento por la labor realizada por la Comisión de
Desarme para finalizar esas directrices y recomendaciones,
1.
Hace suyas las directrices y recomendaciones referentes a los
enfoques regionales del desarme en el contexto de la seguridad mundial,
aprobadas por la Comisión de Desarme en su período de sesiones sustantivo de
1993 17/, y recomienda a todos los Estados Miembros su aplicación;
2.
Afirma que el enfoque mundial y los enfoques regionales del
desarme son complementarios y deben, en consecuencia, aplicarse
simultáneamente a fin de fomentar la paz y la seguridad regionales e
internacionales;
3.
Afirma también que una cooperación polifacética entre los Estados
de una región, particularmente en los aspectos político, económico, social y
cultural, puede propiciar el fortalecimiento de la seguridad y la estabilidad
regionales;
4.
Alienta a los Estados a que concluyan, siempre que sea posible y
se concierten libremente, acuerdos regionales sobre medidas de fomento de la
confianza y la seguridad, desarme y limitación de armamentos, arreglos para
impedir la proliferación de armas nucleares y otras armas de destrucción en
masa en todos sus aspectos, arreglos sobre zonas de paz y zonas libres de
armas nucleares y otras armas de destrucción en masa, así como arreglos de
consulta y cooperación;
5.
Apoya y estimula los esfuerzos encaminados a promover las medidas
de fomento de la confianza en el plano regional con el fin de aliviar las
tensiones regionales y favorecer las medidas de desarme y de no proliferación
nuclear en el plano regional;
6.
Alienta también a los Estados a que, en los arreglos regionales de
desarme y limitación de armamentos, aborden el problema de la acumulación de
armas convencionales en cantidades superiores a las que necesiten los Estados
para su legítima defensa;
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Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo octavo
período de sesiones, Suplemento No. 42 (A/48/42), anexo II.
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