A/RES/48/75 Página 9 Recordando sus resoluciones 43/75 I, de 7 de diciembre de 1988, 46/36 H, de 6 de diciembre de 1991, y 47/54 A, de 9 de diciembre de 1992, y sus decisiones 45/415, de 4 de diciembre de 1990, y 47/419, de 9 de diciembre de 1992, Consciente de la necesidad urgente de resolver conflictos subyacentes, mitigar las tiranteces y acelerar la labor encaminada a lograr un desarme general y completo con miras al mantenimiento de la paz y la seguridad a nivel regional e internacional en un mundo libre del flagelo de la guerra y de la carga de los armamentos, Reafirmando la función de las Naciones Unidas en materia de desarme y el compromiso de los Estados Miembros de adoptar medidas concretas para fortalecer esa función, Reconociendo que, en el contexto de las transferencias internacionales de armas, el tráfico ilícito de armas es un fenómeno perturbador, peligroso y cada vez más frecuente y que, a causa del perfeccionamiento técnico y de la capacidad de destrucción de las armas convencionales, aumentan los efectos desestabilizadores del tráfico ilícito de armas, Considerando que, en el contexto de las transferencias internacionales de armas, el tráfico ilícito de armas, por su carácter clandestino, no puede tener transparencia y hasta el momento no se ha podido incluir en el Registro de Armas Convencionales, Consciente de que son mayores las posibilidades de que las obtenidas por conducto del tráfico ilícito se utilicen con fines que incluso las armas ligeras obtenidas directa o indirectamente por organizaciones clandestinas, como los grupos de mercenarios, plantear una amenaza para la seguridad y la estabilidad política Estados afectados, armas violentos y de esa manera pueden de los Destacando que el control efectivo de las importaciones y exportaciones de armas convencionales es responsabilidad de los Estados Miembros, 1. Toma nota del informe del Secretario General 16/; 2. Hace un llamamiento a todos los Estados Miembros para que den prioridad a la erradicación del tráfico ilícito de armas vinculado a actividades de desestabilización, como el terrorismo, el tráfico de estupefacientes y los delitos comunes, y adopten medidas de inmediato a tal efecto; 3. Insta a los Estados Miembros a que vigilen eficazmente las transferencias de armas, adopten medidas estrictas o las refuercen a los efectos de impedir que las armas caigan en manos de grupos dedicados al tráfico ilícito de armas; ____________ 16/ A/48/324. /...

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