A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/237
10 de julio de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 138 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/51/920)]
51/237.
Financiación de la Misión de Observadores
de las Naciones Unidas en Tayikistán
La Asamblea General,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la
financiación de la Misión de Observadores de las Naciones Unidas en
Tayikistán1, el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos
Administrativos y de Presupuesto2 y el informe de la Oficina de Servicios de
Supervisión Interna3,
Recordando la resolución 968 (1994) del Consejo de Seguridad, de 16 de
diciembre de 1994, por la que el Consejo estableció la Misión de Observadores
de las Naciones Unidas en Tayikistán, y las resoluciones posteriores por las
que el Consejo prorrogó el mandato de la Misión de Observadores, la más
reciente de las cuales fue la resolución 1099 (1997), de 14 de marzo de 1997,
Recordando también sus resoluciones 49/240, de 31 de marzo de 1995, y
50/238, de 7 de junio de 1996, relativas a la financiación de la Misión de
Observadores,
Reafirmando que los gastos de la Misión de Observadores son gastos de la
Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad
con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de
la Misión de Observadores se requiere un procedimiento diferente del que se
1
A/51/784 y Add.1 y 2.
2
A/51/850.
3
A/51/432, anexo.
97-77410
/...