A/RES/59/74 pequeñas y recogerlas en los Estados afectados que así lo soliciten, con el apoyo del Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África y en estrecha colaboración con la Unión Africana; Alienta a la comunidad internacional a apoyar la aplicación de la 2. suspensión de la importación, la exportación y la fabricación de armas ligeras en el África occidental3; 3. Alienta el establecimiento, en los países de la subregión sáharo-saheliana, de comisiones nacionales de lucha contra la proliferación ilícita de armas pequeñas, e invita a la comunidad internacional a prestar apoyo, en la medida de lo posible, al buen funcionamiento de esas comisiones; 4. Alienta a las organizaciones y asociaciones de la sociedad civil a participar en los esfuerzos de las comisiones nacionales por combatir el tráfico de armas pequeñas y en la aplicación de la suspensión de la importación, la exportación y la fabricación de armas ligeras en el África occidental, así como en la aplicación del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos9; 5. Alienta la cooperación entre los órganos estatales, las organizaciones internacionales y la sociedad civil en la lucha contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y en la prestación de apoyo a las operaciones de recogida de dichas armas en las subregiones; Exhorta a la comunidad internacional a prestar apoyo técnico y 6. financiero para fortalecer la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil de adoptar medidas de lucha contra el comercio ilícito de armas pequeñas; Toma nota de las conclusiones a que se llegó en la reunión de Ministros 7. de Relaciones Exteriores de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, celebrada en Bamako los días 24 y 25 de marzo de 1999, sobre las modalidades de aplicación del Programa de coordinación y asistencia para la seguridad y el desarrollo, y acoge con satisfacción la aprobación en esa reunión de un plan de acción sobre el particular; Toma nota también de las conclusiones de la Conferencia Africana 8. sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre las armas pequeñas: necesidades y asociaciones, celebrada en Pretoria del 18 al 21 de marzo de 2002; Invita al Secretario General y a los Estados y organizaciones que estén 9. en condiciones de hacerlo a prestar asistencia a los Estados para reducir el tráfico ilícito de armas pequeñas y recogerlas; 10. Pide al Secretario General que continúe examinando la cuestión y le presente un informe, en su sexagésimo período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución; 11. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo período de sesiones el tema titulado “Asistencia a los Estados para detener la circulación ilícita de armas pequeñas y proceder a su recogida”. 66° sesión plenaria 3 de diciembre de 2004 3

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