A/RES/49/211 Página 4 15. Pide al Secretario General que vele por que se proporcionen el personal y los servicios necesarios, dentro de los límites de los recursos disponibles, para que el Comité de los Derechos del Niño pueda cumplir sus funciones en forma eficaz y expedita; 16. Pide a los órganos y organizaciones de las Naciones Unidas que, dentro del ámbito de sus respectivos mandatos, intensifiquen su labor de divulgar información sobre la Convención, fomentar su comprensión y ayudar a los gobiernos en su aplicación; 17. Invita a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que redoblen sus esfuerzos por dar a conocer información sobre la Convención a los adultos y los niños y fomentar su comprensión; 18. Toma nota del establecimiento por el Consejo Económico y Social de dos grupos de trabajo de composición abierta para elaborar, respectivamente, a) un proyecto de protocolo facultativo de la Convención relativo a la participación de los niños en conflictos armados, y b) directrices para un posible proyecto de protocolo facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, así como las medidas básicas necesarias para su prevención y erradicación; 19. Pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo primer período de sesiones un informe sobre la situación de la Convención; 20. Decide examinar el informe del Secretario General en su quincuagésimo primer período de sesiones en relación con el tema titulado "Cuestiones relativas a los derechos humanos". 94a. sesión plenaria 23 de diciembre de 1994

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