Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes A/RES/71/1 genera la migración para el desarrollo de los países de origen, entre otras cosas gracias a que las diásporas participan en el desarrollo económico y la reconstrucción. Nos comprometeremos a reducir los costos de la migración laboral y a promover políticas y prácticas de contratación ética entre los países que envían y reciben trabajadores. Promoveremos transferencias más rápidas, económicas y seguras de las remesas de los migrantes tanto en los países de origen como en los receptores, incluso reduciendo los costos de transacción, así como una interacción más sencilla entre las diásporas y sus respectivos países de origen. Quisiéramos que esas contribuciones tuvieran mayor reconocimiento y, de hecho, se incrementaran en el contexto de la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. 47. Velaremos por que todos los aspectos de la migración estén integrados en los planes mundiales, regionales y nacionales de desarrollo sostenible y en las políticas y los programas humanitarios, de consolidación de la paz y de derechos humanos. 48. Instamos a los Estados que no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 10 o de adherirse a ella. Instamos también a los Estados que no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de adherirse a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo al respecto, según proceda. Observamos, asimismo, que los migrantes gozan de derechos y protección en virtud de diversas disposiciones del derecho internacional. 49. Nos comprometemos a fortalecer la gobernanza mundial de la migración. Por consiguiente, acogemos y respaldamos complacidos el acuerdo orientado a estrechar la relación jurídica y de trabajo entre las Naciones Unidas y la Organización Internacional para las Migraciones en su calidad de organización conexa 11, que sus Estados Miembros consideran el organismo principal a escala mundial en el ámbito de la migración. Esperamos con interés la aplicación de este acuerdo, que prestará asistencia y protección a los migrantes de manera más integral, ayudará a los Estados a resolver las cuestiones relacionadas con la migración y promoverá una mayor coherencia entre el ámbito de la migración y otros ámbitos de políticas conexos. 50. Ayudaremos, con imparcialidad y según las necesidades, a los migrantes de países que atraviesan conflictos o desastres naturales, coordinando la labor, según proceda, con las autoridades nacionales competentes. Si bien reconocemos que no todos los Estados están participando en ellas, hacemos notar, en este sentido, la iniciativa Migrantes en Países en Crisis y la Agenda para la Protección de los Desplazados Fronterizos en el Contexto de los Desastres y el Cambio Climático, aprobada en el marco de la Iniciativa Nansen. 51. Tomamos nota de la labor realizada por el Grupo Mundial sobre Migración con el fin de elaborar principios y orientaciones prácticas sobre la protección de los derechos humanos de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad. 52. Estudiaremos la posibilidad de elaborar principios rectores no vinculantes y directrices voluntarias, coherentes con el derecho internacional, sobre el trato de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad, especialmente los niños no acompañados y separados que no reúnen las condiciones para recibir protección _______________ 10 11 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2220, núm. 39481. Resolución 70/296, anexo. 11/27

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