Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes A/RES/71/1 migrantes” 6, preparado en cumplimiento de la decisión 70/539 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 2015, como parte de los preparativos de esta reunión de alto nivel. Si bien reconocemos que las conferencias siguientes concluyeron sin resultados acordados a nivel intergubernamental o tuvieron alcance regional, tomamos nota de la Cumbre Humanitaria Mundial, celebrada en Estambul (Turquía) los días 23 y 24 de mayo de 2016, la reunión de alto nivel sobre las cuestiones relativas al reparto de responsabilidades de todos los países y las vías de admisión de refugiados sirios, convocada por el Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y celebrada el 30 de marzo de 2016, la Conferencia de Apoyo a Siria y la Región, celebrada en Londres el 4 de febrero de 2016, y la conferencia sobre promesas de contribuciones para los refugiados somalíes, celebrada en Bruselas el 21 de octubre de 2015. Si bien reconocemos que las iniciativas siguientes tienen carácter regional y se aplican únicamente a los países que participan en ellas, tomamos nota de iniciativas regionales como el Proceso de Bali sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes, la Trata de Personas y los Delitos Transnacionales Conexos, la Iniciativa de la Unión Europea y el Cuerno de África sobre Rutas Migratorias y la Iniciativa de la Unión Africana sobre la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito en el Cuerno de África (proceso de Jartum), el Proceso de Rabat, el Plan de Acción de La Valetta y la Declaración y Plan de Acción del Brasil. 20. Reconocemos el gran número de personas desplazadas dentro de las fronteras nacionales y la posibilidad de que esas personas soliciten protección y asistencia en otros países como refugiados o migrantes. Observamos que es necesario reflexionar sobre estrategias eficaces para garantizar de manera apropiada la prestación de asistencia a los desplazados internos y su protección y para prevenir y reducir esos desplazamientos. Compromisos 21. Hemos aprobado hoy una serie de compromisos que se aplican tanto a los refugiados como a los migrantes, así como conjuntos distintos de compromisos con respecto a los refugiados y los migrantes. Al asumirlos, tenemos en cuenta las distintas realidades, capacidades y niveles de desarrollo nacionales y respetamos las políticas y prioridades de cada país. Reafirmamos nuestra adhesión al derecho internacional y ponemos de relieve que la presente declaración y sus anexos habrán de aplicarse de manera compatible con los derechos y las obligaciones de los Estados en virtud del derecho internacional. Aunque algunos compromisos se aplican principalmente a un grupo, también pueden ser aplicables al otro grupo. Además, si bien todos los compromisos están enmarcados en el contexto de los grandes desplazamientos que examinamos hoy, muchos pueden aplicarse también a la migración regular. En el anexo I de la presente declaración figura un marco de respuesta integral para los refugiados y se esbozan los pasos necesarios para concertar en 2018 un pacto mundial sobre la cuestión de los refugiados, mientras que en el anexo II se establecen medidas para concertar en 2018 un pacto mundial para la migración segura, ordenada y regular. II. Compromisos que se aplican tanto a los refugiados como a los migrantes 22. Subrayando la importancia de adoptar un enfoque integral de las cuestiones pertinentes, garantizaremos que se dé a todas las personas que llegan a nuestros _______________ 6 A/70/59. 5/27

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