A/RES/57/79 2. Reconoce también que existe una auténtica necesidad de reducir la importancia del papel de las armas nucleares en las doctrinas estratégicas y las políticas de seguridad a fin de reducir al mínimo el riesgo de que dichas armas lleguen a usarse alguna vez y de facilitar el proceso de su total eliminación; 3. Insta a los Estados poseedores de armas nucleares a que pongan término inmediatamente al mejoramiento cualitativo, el desarrollo, la producción y el almacenamiento de ojivas nucleares y sus sistemas vectores; 4. Insta también a los Estados poseedores de armas nucleares a que, como medida provisional, retiren sus armas nucleares del estado de alerta y las desactiven inmediatamente, y a que adopten otras medidas concretas para reducir aún más el estado operacional de sus sistemas de armas nucleares; 5. Reitera su exhortación a los Estados poseedores de armas nucleares para que lleven a cabo una reducción escalonada de la amenaza nuclear y pongan en práctica medidas efectivas de desarme nuclear con miras a lograr la eliminación total de esas armas; 6. Exhorta a los Estados poseedores de armas nucleares a que, en espera de la eliminación total de las armas nucleares, convengan en un instrumento de alcance internacional y jurídicamente vinculante por el que contraigan conjuntamente el compromiso de no ser los primeros en utilizar armas nucleares, y exhorta a todos los Estados a que concierten un instrumento de alcance internacional y jurídicamente vinculante para dar garantías a los Estados que no poseen armas nucleares de que no se emplearán contra ellos armas nucleares ni se amenazará con hacerlo; 7. Insta a los Estados poseedores de armas nucleares a que, en su debido momento, entablen negociaciones plurilaterales acerca de nuevas reducciones sustanciales de las armas nucleares como medida eficaz de desarme nuclear; 8. Subraya la importancia de que se aplique el principio de la irreversibilidad al proceso de desarme nuclear y a las medidas de limitación y reducción de las armas nucleares y otras armas conexas; 9. Acoge con beneplácito los resultados positivos de la Conferencia de las Partes del Año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, celebrada en Nueva York del 24 de abril al 19 de mayo de 2000 14; 10. Acoge con beneplácito también el compromiso inequívoco contraído por los Estados poseedores de armas nucleares, en el Documento Final de la Conferencia, de eliminar totalmente sus arsenales nucleares, lo que ha de conducir al desarme nuclear, que todos los Estados partes se han comprometido a lograr en virtud del artículo VI del Tratado 15, así como la reafirmación por los Estados partes de que la eliminación total de las armas nucleares es la única garantía absoluta contra el uso o la amenaza del uso de las armas nucleares 16, e insta a que se apliquen plena y efectivamente las medidas previstas en el Documento Final; _______________ 14 Conferencia de las Partes del Año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, Documento Final, vol. I [NPT/CONF.2000/28 (Parts I and II)] 15 Ibíd., primera parte, sección titulada “Artículo VI y párrafos octavo a duodécimo del preámbulo”, párr. 15:6. 16 Ibíd., sección titulada “Artículo VII y la seguridad de los Estados que no poseen armas nucleares”, párr. 2. 4

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