A/RES/60/55
1.
Subraya la contribución que el cumplimiento de los acuerdos y demás
obligaciones pactadas en materia de no proliferación, limitación de armamentos y
desarme efectúa al fomento de la confianza y al fortalecimiento de la seguridad y la
estabilidad;
2.
Insta a todos los Estados a aplicar y cumplir cabalmente sus respectivas
obligaciones;
3.
Insta a todos los Estados que se encuentran en situación de incumplimiento
a tomar la decisión estratégica de volver a cumplir sus respectivas obligaciones;
4.
Exhorta a todos los Estados Miembros a que, de conformidad con el
derecho internacional aplicable, adopten medidas concertadas para fomentar, por
medios bilaterales y multilaterales, el cumplimiento por todos los Estados de sus
respectivos acuerdos en materia de no proliferación, limitación de armamentos y
desarme y de las demás obligaciones pactadas y para que los que incumplan esos
acuerdos rindan cuentas de su incumplimiento de conformidad con la Carta de las
Naciones Unidas;
5.
Alienta los esfuerzos de todos los Estados partes, las Naciones Unidas y
otras organizaciones internacionales, en el marco de sus mandatos, por adoptar
medidas, conformes a la Carta, que prevengan los graves perjuicios para la seguridad
y la estabilidad internacionales que se derivan del incumplimiento por los Estados de
sus obligaciones existentes en materia de no proliferación, limitación de armamentos
y desarme;
6.
Decide seguir ocupándose de la cuestión.
61ª sesión plenaria
8 de diciembre de 2005
2
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