A/RES/50/181
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derechos humanos en la administración de justicia y que, siempre que sea
procedente, formulen recomendaciones concretas al respecto, incluidas
propuestas de medidas concretas de servicios de asesoramiento y asistencia
técnica;
10.
Reconoce el importante papel de las comisiones regionales,
organismos especializados e institutos de las Naciones Unidas que trabajan en
los derechos humanos y la prevención del delito y la justicia penal, así como
de otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y de las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, incluidas las
asociaciones profesionales nacionales interesadas en promover las normas de
las Naciones Unidas en esta esfera;
11.
Invita a la Comisión de Derechos Humanos y a la Comisión de
Prevención del Delito y Justicia Penal a que coordinen estrechamente sus
actividades relativas a la administración de justicia;
12.
Decide examinar la cuestión de los derechos humanos en la
administración de justicia en su quincuagésimo segundo período de sesiones en
relación con el tema titulado "Cuestiones relativas a los derechos humanos".
99a. sesión plenaria
22 de diciembre de 1995