A/RES/50/181
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Consciente de la situación específica de los niños y los menores
recluidos y de sus necesidades especiales mientras están privados de libertad,
en particular su vulnerabilidad a diversas formas de vejación, injusticia y
humillación,
1.
Reafirma la importancia de la plena y eficaz aplicación en la
administración de justicia de todas las normas de las Naciones Unidas en
materia de derechos humanos;
2.
Reconoce que la administración de justicia, incluidos los
organismos encargados de hacer cumplir la ley y del enjuiciamiento y, en
particular, un poder judicial y un colegio de abogados independientes, en
plena conformidad con las normas contenidas en los instrumentos
internacionales de derechos humanos, son esenciales para la plena realización
de los derechos humanos sin discriminación alguna y resultan indispensables
para los procesos de democratización y el desarrollo sostenible;
3.
Reitera una vez más su llamamiento a todos los Estados Miembros
para que no escatimen ningún esfuerzo a fin de proveer mecanismos y
procedimientos eficaces, legislativos y de otra índole, así como los recursos
necesarios para garantizar la plena aplicación de dichas normas;
4.
nacionales
integrante
prestación
protección
Hace un llamamiento a los gobiernos para que en sus planes
de desarrollo incluyan a la administración de justicia como parte
del proceso de desarrollo y asignen los recursos necesarios a la
de servicios de asistencia jurídica con miras a la promoción y
de los derechos humanos;
5.
Invita a los gobiernos a que impartan capacitación en materia de
derechos humanos en la administración de justicia, incluida la justicia de
menores, a todos los jueces, abogados, fiscales, asistentes sociales y otros
profesionales interesados, incluidos los agentes de policía y de inmigración;
6.
Alienta a los Estados a que hagan uso de la asistencia técnica que
ofrecen los programas de servicios de asesoramiento y asistencia técnica de
las Naciones Unidas, a fin de reforzar su capacidad y su infraestructura
nacionales en la esfera de la administración de justicia;
7.
Insta al Secretario General a que considere favorablemente las
solicitudes de asistencia en la esfera de la administración de justicia
formuladas por Estados y a que fortalezca en todo el sistema la coordinación
de las actividades en esta esfera, en particular entre el programa de
servicios de asesoramiento y asistencia técnica de las Naciones Unidas en
materia de derechos humanos y los servicios de asesoramiento y asistencia
técnica del programa de las Naciones Unidas para la prevención del delito y la
justicia penal;
8.
Invita a la comunidad internacional a que responda favorablemente
a la solicitudes de asistencia financiera y técnica para el mejoramiento y el
fortalecimiento de la administración de justicia, con miras a garantizar
promoción y protección de los derechos humanos en la administración de
justicia;
9.
Pide a los relatores especiales, representantes especiales y
grupos de trabajo de la Comisión de Derechos Humanos que sigan prestando
especial atención a las cuestiones relativas a la protección efectiva de los
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