A/HRC/RES/55/27 proceda, con las autoridades bielorrusas para ayudarlas a cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos; 10. Encomia al Alto Comisionado, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a la Relatora Especial por la labor y las actividades realizadas hasta la fecha, que se han llevado a cabo de forma transparente, imparcial y consultiva, a pesar de la continua falta de cooperación de las autoridades bielorrusas con la Oficina del Alto Comisionado y la Relatora Especial, incluida la falta de acceso al país, encomia también la asistencia prestada por la Relatora Especial al Alto Comisionado, y alienta a la Relatora Especial a que coopere con el grupo de expertos, con miras a promover la sinergia entre ambos mandatos; 11. Destaca la importancia de la información y las pruebas que la Oficina del Alto Comisionado ha recogido, consolidado, conservado y analizado en apoyo de la futura rendición de cuentas, y pide a la Oficina que garantice que el grupo de expertos pueda acceder a dicha información y pruebas y utilizarlas, según proceda; 12. Solicita al grupo de expertos que proporcione oralmente información actualizada al Consejo de Derechos Humanos en su 57º período de sesiones y que presente un informe completo en su 58º período de sesiones, incluida una versión de lectura fácil y en un formato accesible, y que ambos vayan seguidos de un diálogo interactivo; 13. Insta a las autoridades bielorrusas a que establezcan una colaboración plena y no selectiva con todos los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular con la Relatora Especial y el grupo de expertos, entre otras cosas concediéndoles acceso libre, pleno y sin trabas al país, facilitándoles la información necesaria para el cumplimiento de sus mandatos y aplicando sus recomendaciones, así como con todos los procedimientos temáticos especiales y los órganos creados en virtud de tratados, a que restablezcan la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado y le faciliten un acceso pleno y sin trabas, y a que se abstengan de toda forma de intimidación y de represalia contra personas y asociaciones por su cooperación con dichos órganos; 14. Solicita la inmediata puesta en funcionamiento de los mandatos, y solicita asimismo al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado que proporcionen a la Relatora Especial y al grupo de expertos toda la asistencia necesaria y suficientes recursos humanos, técnicos y financieros para que puedan desempeñar de manera efectiva sus mandatos. 55ª sesión 4 de abril de 2024 [Aprobada en votación registrada por 24 votos contra 6 y 17 abstenciones. El resultado de la votación fue la siguiente: Votos a favor: Albania, Alemania, Argentina, Bélgica, Benin, Brasil, Bulgaria, Chile, Costa Rica, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Gambia, Ghana, Honduras, Japón, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Montenegro, Países Bajos (Reino de los), Paraguay, República Dominicana, Rumanía. Votos en contra: Argelia, Burundi, China, Cuba, Eritrea, Viet Nam. Abstenciones: Bangladesh, Camerún, Côte d’Ivoire, Emiratos Árabes Unidos, Georgia, India, Indonesia, Kazajstán, Kirguistán, Kuwait, Malasia, Maldivas, Marruecos, Qatar, Somalia, Sudáfrica, Sudán.] 6 GE.24-06495

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