A/HRC/RES/41/8 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 19 de julio de 2019 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 41er período de sesiones 24 de junio a 12 de julio de 2019 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 11 de julio de 2019 41/8. Consecuencias del matrimonio infantil, precoz y forzado El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud, Reafirmando sus resoluciones 24/23, de 27 de septiembre de 2013, 29/8, de 2 de julio de 2015, y 35/16, de 22 de junio de 2017, y recordando las resoluciones de la Asamblea General 69/156, de 18 de diciembre de 2014, 71/175, de 19 de diciembre de 2016, y 73/153, de 17 de diciembre de 2018, Reafirmando también la Declaración y el Programa de Acción de Viena, así como el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, y los documentos finales de sus conferencias de examen, Recordando la aprobación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que forma parte integrante de la Agenda 2030, y haciendo notar el carácter integrado e indivisible de la Agenda 2030 y la gama de objetivos, metas e indicadores pertinentes para prevenir el matrimonio infantil, precoz y forzado, responder a él y eliminarlo, incluida la meta 5.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, Acogiendo con beneplácito el informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el matrimonio infantil, precoz y forzado en situaciones humanitarias1 y el informe del Secretario General sobre el matrimonio infantil, precoz y forzado2, Acogiendo con beneplácito también el Programa Mundial para Acelerar las Medidas Encaminadas a Poner Fin al Matrimonio Infantil del Fondo de Población de las Naciones 1 2 A/HRC/41/19. A/73/257. GE.19-12291 (S) 280819  290819

Sélectionner le paragraphe cible3