A/RES/58/177
12. Destaca el papel fundamental que desempeña el Coordinador del Socorro
de Emergencia en la coordinación interinstitucional de la protección y la asistencia
que se proporciona a los desplazados internos, toma nota de la labor que realiza la
Dependencia de Desplazados Internos dentro de la Oficina de Coordinación de
Asuntos Humanitarios de la Secretaría y alienta a que se estreche aún más la
colaboración con el Representante del Secretario General, en consonancia con lo
dispuesto en el memorando de entendimiento de 17 de abril de 2002 concertado
entre el Representante y el Coordinador del Socorro de Emergencia;
13. Destaca la necesidad de afianzar más los arreglos interinstitucionales y la
capacidad interinstitucional de los organismos de las Naciones Unidas y otras
entidades pertinentes para que hagan frente a las inmensas dificultades humanitarias
que entrañan los desplazamientos internos y subraya, a ese respecto, la importancia
de un sistema de colaboración eficaz, previsible y en que se rinda cuenta de lo que
se haya hecho;
14. Alienta a los organismos de las Naciones Unidas y a las organizaciones de
asistencia humanitaria, derechos humanos y desarrollo competentes a que estrechen
más su colaboración y coordinación, por medio del Comité Permanente entre
Organismos y en los países en que haya situaciones de desplazamiento interno, y a
que ofrezcan toda la asistencia y todo el apoyo posibles al Representante del
Secretario General;
15. Observa con reconocimiento la mayor atención que se presta a la
cuestión de los desplazados internos en los llamamientos interinstitucionales
unificados, e invita a perseverar en esos esfuerzos;
16. Reconoce la pertinencia de la base de datos mundial sobre los
desplazados internos, que propicia el Representante del Secretario General y alienta
a los miembros del Comité Permanente entre Organismos y a los gobiernos a que
sigan colaborando en esa empresa y prestando su apoyo, incluso facilitando datos
pertinentes sobre situaciones de desplazamiento interno y recursos financieros;
17. Acoge con beneplácito las iniciativas adoptadas por organizaciones
regionales, como la Unión Africana, la Organización de los Estados Americanos, la
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Autoridad
Intergubernamental para el Desarrollo, el Consejo de Europa, el Commonwealth y la
Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, para atender a las
necesidades de protección, asistencia y desarrollo de los desplazados internos, y
alienta a esas y otras organizaciones regionales a que incrementen sus actividades y
su cooperación con el Representante del Secretario General;
18. Pide al Secretario General que proporcione a su Representante, con cargo
a los recursos existentes, toda la asistencia necesaria para el desempeño eficaz de su
mandato y alienta al Representante a que siga recabando las contribuciones de los
Estados y las organizaciones e instituciones competentes a fin de crear una base más
estable para su propia labor;
19. Pide al Representante del Secretario General que le presente en su
sexagésimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de esta resolución;
20. Decide seguir examinando la cuestión de la protección y la asistencia
para los desplazados internos en su sexagésimo período de sesiones.
77ª sesión plenaria
22 de diciembre de 2003
4
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