A/RES/57/150 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 27 de febrero de 2003 Quincuagésimo séptimo período de sesiones Tema 21 a) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/57/L.60 y Add.1)] 57/150. Fortalecimiento de la eficacia y la coordinación de la asistencia internacional a las operaciones de búsqueda y salvamento en zonas urbanas La Asamblea General, Reafirmando su resolución 46/182, de 19 de diciembre de 1991, cuyo anexo contiene los principios rectores del fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia del sistema de las Naciones Unidas, y sus resoluciones 54/233, de 22 de diciembre de 1999, 55/163, de 14 de diciembre de 2000, 56/103, de 14 de diciembre de 2001, y 56/195, de 21 de diciembre de 2001, y recordando las conclusiones convenidas 1998/1 1 y 1999/1 2 del Consejo Económico y Social, y la resolución 2002/32 del Consejo, de 26 de julio de 2002, Tomando nota del informe del Secretario General sobre la cooperación internacional para la asistencia humanitaria en casos de desastres naturales: desde el socorro hasta el desarrollo 3, Profundamente preocupada por el aumento del número y la escala de los desastres, que provocan pérdidas masivas de vidas y bienes en todo el mundo, y que entrañan consecuencias a largo plazo, particularmente graves para los países en desarrollo, Reafirmando que se debe respetar plenamente la soberanía, la integridad territorial y la unidad nacional de los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y, en ese contexto, la asistencia humanitaria debería proporcionarse con el consentimiento del país afectado y, en principio, sobre la base de un llamamiento de su parte, Reafirmando también que cada Estado tiene la responsabilidad primordial y principal de ocuparse de las víctimas de desastres naturales y otras situaciones de emergencia que se produzcan en su territorio y, por lo tanto, corresponde al Estado _______________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento No. 3 y correción (A/53/3 y Corr.1), cap. VII, párr. 5. 2 Ibíd., quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 3 (A/54/3/Rev.1), cap. VI, párr. 5. 3 A/57/578. 02 54812

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières